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Por campaña negra, magistrado propone anular elección y triunfo de Morena en Tlalnepantla

El magistrado Felipe Fuentes propuso que el Tribunal Electoral anule en definitiva, la elección de Tlalnepantla de Baz en el Estado de México, en donde triunfó Morena, al acreditar que existió una campaña negra pagada desde redes sociales y en plena veda electoral, en contra del alcalde Tony Rodríguez quien buscaba la reelección.MILENIO tuvo acceso al proyecto circulado al interior de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la que el magistrado Felipe Fuentes propone anular el triunfo del morenista Raciel Pérez tras comprobarse una campaña de calumnia para confundir al electorado en plena veda electoral, acusando al alcalde y candidato de PAN-PRI-PRD-Nueva Alianza de homicidio.El proyecto señala que se cumplen todos los requisitos para anular la elección, pues se acreditó que en el periodo de veda hubo 18 publicaciones para calumniar al alcalde que buscaba la reelección, además, de que al haber una diferencia de 3.99 por ciento, se puede acreditar que esta campaña negra pudo ser determinante en los resultados.“Si bien las comparaciones, opiniones y críticas vehementes son válidas en el ejercicio de la libre expresión en el marco del debate político, lo cierto es que pierden su respaldo constitucional cuando se realizan sobre la base de una calumnia o imputación de hechos o delitos falsos, pues ello constituye un exceso al ejercicio de los derechos de libre expresión e información que genera una responsabilidad ulterior a sus autores”.El proyecto señala que “le asiste la razón al PRI” pues la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación incumplió en analizar la violación a las normas electorales constitucionales, como es la violación a la veda electoral para difundir una campaña sistemática de calumnia con la intención de afectar al electorado.“A juicio de este órgano jurisdiccional, le asiste la razón al PRI, en tanto que, la Sala Toluca no abordó de manera adecuada el agravio respecto a que se trastocaba el modelo de comunicación política contenido en la Constitución. También resulta fundada su pretensión de nulidad, dado que está acreditada la vulneración a principios constitucionales que afectaron la autenticidad y el libre sufragio de los electores en el proceso electivo celebrada para integrar el Ayuntamiento de Tlalnepantla en el Estado de México”.El magistrado expone que “la Suprema Corte de Justicia de la Nación fijó un criterio que abona a lo que se debe entender por calumnia, dado que, consideró que la imputación de hechos o delitos falsos debe hacerse a sabiendas o teniendo conocimiento de que el hecho que auspiciaba la calumnia era falso, para que resulte ajustado y proporcional restringir la libertad de expresión”.Y las 18 publicaciones emitidas durante la veda, demuestran que se trataba de una imputación de hechos y no de simples opiniones, a pesar de que la Sala Toluca sostuvo que se trataba de opiniones de la esposa y familiares de un exfuncionario del gobierno de Tony Rodríguez.Sin embargo, quedó acreditado que una de las publicaciones provenía de una página llamada “Morena Tlanepantla Sigue”, que todas contenían las mismas características como usar frases como “alcalde homicida”, el actual candidato del PRI mandó ejecutar a…” o “Tony mandó silenciar a…”, además de burlas con su nombre que lo relacionaban con este mismo delito.“Se afirma categóricamente que es el autor intelectual del homicidio” sin ninguna evidencia, por lo que se acredita la calumnia, además, de que a pesar de que losotros 17 link son de supuestos medios de comunicación, está demostrado que la intención era imputar delitos de manera falsa.“Existen elementos que permiten advertir que no se trató de un genuino ejercicio periodístico y por el contrario, se trató de publicaciones sistemáticas que no pueden catalogarse como espontáneas”, además, de que la empresa Meta confirmó que todas las publicaciones fueron contrataciones, por lo que son publicaciones catalogadas como anuncios, que tuvieron el objetivo de confundir al electorado.Por lo que el magistrado Fuentes Barrera propone anular la elección y la constancia de validez entregada al morenista Raciel Pérez y ordenar al Congreso del Estado de México que convoque a una elección extraordinaria que deberá celebrarse en los 45 días siguientes a que se resuelva este proyecto y se emita la sentencia, pues el cambio de gobierno sería el último día de diciembre.HCM

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