Hacienda rectifica e incluirá a los autónomos dados de alta en 2024 en el paquete de ayudas por la DANA
El Ministerio de Hacienda ha decidido incluir a los autónomo dados de alta en 2024 en el paquete de ayudas para los afectados por la catástrofe de la DANA . Inicialmente, Hacienda indicó que aquellos autónomos que no hubiesen hecho la declaración de la renta en 2023 no podían acogerse al paquete de ayudas impulsado por el gobierno. Gracias a la presión de la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), que denunció que este requisito se trataba de un «agravio comparativo», hoy Hacienda ha publicado en el apartado de «Preguntas frecuentes» de su página web que «Si el solicitante se dio de alta en el censo en 2024, la imposibilidad de presentar la declaración 2023 no impedirá la percepción de la ayuda». De esta manera, se elimina el requisito de haber presentado el IRPF en 2023, por lo que los autónomos que tuviesen su domicilio fiscal, establecimiento de explotación o inmuebles afectos por la actividad en cualquiera de los municipios afectados por la DANA, de los cuales Hacienda provee de un listado, podrán solicitar las ayudas destinadas a paliar los efectos de la catástrofe. A pesar de que la modificación del decreto ley aún no está publicada en el BOE, ya es una información oficial al figurar en los canales oficiales del Ministerio de Hacienda. ATA , la principal instigadora de este cambio, declaró en sus redes sociales: «Las denuncias de ATA obligan a extender las ayudas directas a afectados por la DANA a todos los trabajadores por cuenta propia dados de alta hasta el 28 de octubre aunque no hubieran presentado IRPF en 2023». Sin embargo, ATA ha declarado que aún quedan autónomos al margen de las ayudas . Según el decreto ley en el que se aprueba el paquete de ayudas, todos aquellos autónomos que estuvieran en tránsito o desplazados de la zona el 29 de octubre son incapaces de optar al paquete. Del mismo modo, «los que estuvieran en en tarifa plana o cuota reducida con menos de un año de antigüedad y las mujeres madres que se hayan incorporado tras la maternidad «, tampoco pueden optar a estos recursos. Desde ATA informan que es esencial que se incorpore a las ayudas, por ejemplo, a los transportistas en régimen autónomo que se encontrasen en ruta, pues sus vehículos pudieron quedar afectados por las inundaciones. Del mismo modo, apelan a la necesidad de tener en cuenta a los trabajadores en tarifa plana por estar al inicio de su actividad, que «deben poder beneficiarse por cese de actividad de forma extraordinaria aunque no estén cotizando para ello».