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Atención jubilados: a este grupo se le descontará parte del haber y cobrarán menos en diciembre

Este grupo de jubilados y pensionados de la provincia de Santa Fe cobrarán sus haberes de diciembre con un descuento por el aporte solidario, determinado tras la reforma previsional.

La medida registrada bajo el N° 14283, tiene el objetivo de beneficiar a la caja de Jubilaciones de la provincia. La disposición también impactará en los futuros aportantes de la provincia.

¿De qué se trata el aporte solidario?

El aporte solidario, instaurado desde de septiembre por la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, es un nuevo mecanismo de descuento porcentual en los haberes de los jubilados.

Este monto a descontar se restará de forma progresiva. Por los tanto, los jubilados que tengan ingresos mensuales más altos serán los más afectados por la medida.

Los adultos mayores que perciban entre cinco y ocho haberes mínimos, tendrán un descuento de 3%.

¿Qué jubilados tendrán un descuento en sus haberes?

La disposición impactará en los jubilados y pensionados santafesinos que perciban más de tres haberes mínimos. Por lo tanto, deberán tener un haber superior a $ 1.265.179.

De todas formas, el descuento a realizar será proporcional a los haberes mensuales. Por lo tanto, todos los descuentos estarán relacionados al monto cobrado cada mes.

"Los beneficiarios y beneficiarias de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe actuales o que se incorporen en el futuro, deben realizar un aporte sobre el total del beneficio que perciben", determinó el documento oficial.  

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La Legislatura de Santa Fe aprobó el el "Aporte Solidario" para jubilados y pensionados.

¿Cuánto se descontará de los haberes por el aporte solidario?

Como se mencionó anteriormente, el monto del descuento dependerá del valor percibido en la jubilación. Cuanto mayor sea el haber, mayor será el porcentaje a descontar. El esquema de aporte es el siguiente:

  • Primer tramo:  quienes posean entre tres y cinco jubilaciones mínimas, el descuento será del 2%.
  • Segundo tramo: quienes posean entre cinco y ocho jubilaciones mínimas, el descuento será del 3%.
  • Tercer tramo: quienes perciban entre ocho y once jubilaciones mínimas y el descuento será del 4%.
  • Cuarto tramo: quienes perciban entre once y catorce jubilaciones mínimas, el descuento será del 5%.
  • Quinto tramo: quienes perciban más de catorce jubilaciones mínimas, el descuento será del 6%.

Ley 14283-2024 by Cronista.com

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