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Restablecer el orden

“Es lícito que la sociedad se pregunte hasta qué punto nuestra judicatura es capaz de resolver las cuestiones que se le someten sin tomar partido ni dejarse influir por sus intereses o su ideología”, escribe Joaquín Urías en La Justicia en el banquillo.

Lo he tenido en mente mientras observo algunos acontecimientos del mundo conocido, donde no todo lo que brilla es oro.

Extrapolando el asunto que el libro plantea, recuerdo que ciertos órganos del Estado se conciben como órganos técnicos, y otros como órganos políticos. Para llevar a cabo la distinta función que les corresponde, en el Estado de derecho unos y otros han de estar apegados al derecho: las normas preceden a la acción, la ahorman y validan.

La diferencia entre ellos podría hallarse en la diferente manera en que se cumple este imperativo. Los medios de manifestación de los órganos técnicos son estrictamente jurídicos. En el otro caso, esos medios también pueden ser políticos, y de ordinario lo son y mucho. Esto se debe a la naturaleza de su función y al hecho de que su ejercicio por lo general está más estrechamente vinculado a la representación directa de los intereses de la comunidad.

Estas circunstancias obligan a los órganos técnicos a restringir severamente su participación en el debate público, debate que se sitúa de preferencia en el ámbito político y tiene esta finalidad. Los otros órganos hallan en ese espacio el medio natural para desenvolverse: se supone que están ideados y apertrechados para eso.

Cuando la coyuntura social es tormentosa, los órganos técnicos pueden ser atraídos a participar en el debate público, esencialmente controversial: en esta tesitura, los que imprudentemente penetran en el espacio público no pueden evitar convertirse en actores de esa controversia, ni soslayar que se les visualice como quienes toman partido: transmutan su naturaleza orgánica y a la larga comprometen la credibilidad de su función.

Pero lo más grave quizá sea que los órganos técnicos, que no están diseñados para emplear instrumentos políticos a fin de participar en la controversia pública, pueden ser empleados con fines instrumentales por otros actores de esa misma lucha, públicos y privados.

Por consiguiente, conviene que vuelvan a sus cuarteles a hacer bien su trabajo, empleando todos los medios a su alcance para conseguirlo sin distraerlos en lo que no concierne a su función.

arguedasr@dpilegal.com

Carlos Arguedas Ramírez fue asesor de la presidencia (1986-1990), magistrado de la Sala Constitucional (1992-2004), diputado (2014-2018) y presidente de la Comisión de Asuntos de Constitucionalidad de la Asamblea Legislativa (2015-2018). Es consultor de organismos internacionales y socio del bufete DPI Legal.

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