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La Justicia condena al Ayuntamiento de Madrid por los abusos sexuales de dos policías a una mujer en un cacheo

Un agente de la Policía Municipal de Madrid acorraló a una mujer en un portal y abusó sexualmente de ella mientras su compañero esperaba fuera y no hacía nada por evitarlo. Ocurrió en diciembre de 2020 y el pasado octubre el autor del ataque fue condenado a dos años de cárcel y el otro agente a un año y medio. Ahora el Ayuntamiento de Madrid ha sido condenado también a hacerse cargo de la indemnización de la víctima como responsable civil subsidiario. El Tribunal Superior de Justicia confirma las sanciones penales de los dos policías pero corrige a la Audiencia Provincial y entiende que el consistorio que dirige José Luis Martínez-Almeida debe responder económicamente por las acciones criminales que dos de sus agentes perpetraron de uniforme y cuando estaban trabajando.

Los dos policías municipales, tal y como reveló elDiario.es, patrullaban de madrugada por el barrio madrileño de La Elipa cuando pararon a un hombre y una mujer que caminaban, aparentemente, saltándose el toque de queda impuesto durante esa fase de la pandemia de coronavirus. El varón pudo irse a su casa después de un cacheo pero los dos policías municipales se ofrecieron a acompañar a la mujer hasta su casa.

Según declaran probado los tribunales, una vez en el domicilio uno de los agentes se quedó en la puerta del edificio y el otro entró con la víctima en el portal con la excusa de tener que someterla a un cacheo, que además sería más rápido si lo hacía él y no una mujer. El cacheo se tradujo en varios minutos de tocamientos sexuales por debajo de la ropa interior mientras su compañero esperaba a unos pocos metros sabiendo lo que pasaba y sin hacer nada por evitarlo.

La víctima denunció unos pocos días después y aportó, además de su testimonio, el de varios amigos y conocidos a los que contó inmediatamente lo que había sucedido. El caso se tradujo en una condena de dos años de prisión para el agente que perpetró los abusos y año y medio para el otro, además de tres años de inhabilitación para ejercer como policías. La primera sentencia del caso fue dictada por la Audiencia Provincial de Madrid y ahora ha sido confirmada por el Tribunal Superior de Justicia pero con un matiz: el Ayuntamiento de Madrid también es condenado a hacerse cargo de la indemnización de la víctima como responsable civil subsidiario.

La resolución del TSJM pone en evidencia los argumentos que usó la Audiencia de Madrid para exonerar a la corporación municipal de responder por el abuso sexual que cometieron y consintieron sus agentes cuando iban de uniforme, patrullando y realizando un cacheo. Para ese primer tribunal, el cacheo que terminó en un delito sexual “es independiente del servicio público de seguridad que prestaban en su condición de agentes”. La Fiscalía y la víctima recurrieron esa decisión, apoyándose entre otras cosas en el voto particular de uno de los jueces, que creía que los dos “se extralimitaron en sus funciones y se sirvieron de su condición de policías”.

El Tribunal Superior madrileño, en una sentencia que ya ha sido recurrida ante el Tribunal Supremo, explica que los dos policías municipales estaban “a servicio y dependencia” del Ayuntamiento de Madrid, ejerciendo sus funciones y que, por tanto, “procede” la condena del Ayuntamiento como responsable civil subsidiario para hacerse cargo de la indemnización de 7.500 euros para la mujer que también confirman los jueces.

Policías que acusan a la víctima

La sentencia a la que ha tenido acceso elDiario.es confirma las condenas de prisión de los policías municipales, amplía la condena económica al Ayuntamiento, y tumba el principal argumento de defensa de los dos agentes: afirmar que la mujer estaba en situación irregular en España y que su denuncia tenía por objetivo, en realidad, evitar su expulsión del territorio nacional. El TSJ de Madrid, como ya hizo la Audiencia Provincial, explica que no hay ninguna prueba para entender que la mujer ha mentido ante un juez y dos tribunales distintos para conseguir los papeles.

Los policías criticaban en su recurso que la Justicia no hubiera convertido la investigación contra ellos en una investigación a la denunciante: ni se había indagado en su situación administrativa ni se había intervenido su teléfono para analizar su registro de llamadas. Todo esto, dicen los jueces, es “irrelevante” frente a las pruebas que refrendan la versión “verosímil” de la víctima. La teoría de los policías de que detrás de la denuncia hay una “intención maléfica”, dice la sentencia, “carece de fundamento”.

“Trata de sembrar una duda inexistente”, reprochó previamente la Audiencia de Madrid, que atribuyó a ambos un delito de abuso sexual al entender que “la gravedad del ataque es plural y por quien se metamorfosea de ángel custodio en lo contrario”. Ahora los jueces también rechazan su pretensión de que su condena de cárcel fuera sustituida por una multa. Fuentes del caso explican que los agentes han anunciado ya su recurso ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. En contacto con este periódico, fuentes del Ayuntamiento se han limitado a subrayar el respeto de la corporación por la sentencia.

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