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PLP consultó a Sala IV constitucionalidad de 7 artículos de la ‘ley jaguar’

Los diputados del Partido Liberal Progresista (PLP) pidieron a la Sala IV evacuar dudas de constitucionalidad sobre siete artículos de la “ley jaguar” que el Poder Ejecutivo plantea someter a un referéndum. Específicamente los numerales 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.

De forma general, el PLP señaló a la Sala IV que el proyecto de ley impediría a la Contraloría General de la República (CGR) combatir la corrupción en el manejo de los fondos públicos, fracturando el esquema de control y el sistema de pesos y contrapesos.

“Se da una grosera y abierta lesión de los artículos 183 y 184 de la Constitución Política, pues corresponde respecto de los fondos públicos a la Contraloría su correcto manejo, tanto desde el punto de vista jurídico-constitucional, como de conformidad con los principios económicos, financieros y contables”, dice el texto de la gestión presentada.

Anotaciones del PLP, artículo por artículo

Sobre el artículo 3, que reformaría el artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría, el PLP advirtió de que se eliminaría la potestad del órgano contralor para evaluar de manera preventiva la gestión de la administración pública activa, limitando su capacidad de fiscalización.

En criterio de los legisladores, ese cambio lesionaría los artículos 7, 11, 45, 183 y 184 constitucionales, así como el 5 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, y los numerales 8 y 21 de la Ley de Control Interno.

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Según el PLP, la eliminación del control preventivo dentro de las actuaciones de la administración pública, que se aplica como un sistema en pro de las finanzas claras y la lucha contra la corrupción, “no puede ser avalada por ningún tribunal constitucional”.

Los congresistas recordaron que, según la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, cada Estado debe mantener en vigor políticas coordinadas y eficaces contra la corrupción, para garantizar la debida gestión de los bienes públicos, la transparencia y la rendición de cuentas.

En tercer lugar, la consulta rechaza los artículos 4, 5 y 6, que también cambiarían los numerales 17, 22 y 38 de la ley de la CGR. Los diputados plantearon a la Sala que dichos artículos disminuirían las potestades de la CGR al eliminar la posibilidad de efectuar prevenciones, dictar instrucciones y órdenes, como parte del control sobre eficiencia de la administración.

Sobre el numeral 22 de la Ley Orgánica de la Contraloría, se hizo énfasis en que se le retiraría al órgano contralor la potestad de investigación y de suspender la ejecución de actos o contratos.

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En cuanto al artículo 2, el cual reformaría el artículo 11 de la Ley Orgánica de la Contraloría, el partido señaló: “Ni la CGR ni las auditorías internas podrían revisar ni pronunciarse sobre la legalidad de los controles y la eficiencia en el manejo de los fondos públicos. La Contraloría no podría realizar auditorías como la ejecutada sobre el programa Bono Proteger, en la que se encontró que un 16,4% de los bonos (¢7.490 millones) pudo haberse otorgado a personas no elegibles”.

Contrataciones a dedo

Los diputados también cuestionaron el artículo 8 de la “ley jaguar”, que busca modificar el artículo 67 de la Ley General de Contratación Pública. Anotaron que se abriría la puerta para contrataciones a dedo en casos determinados, lo que violaría principios como la libre concurrencia, la publicidad y la igualdad de trato entre oferentes.

Al eliminarse el requisito de concurso público, permitiendo al Estado contratar sin licitación previa, se contradice el artículo 182 de la Constitución, dijo el PLP. Ese artículo fija la licitación pública como el mecanismo que garantiza transparencia, igualdad de oportunidades y mejores condiciones para el Estado.

Además, sería inconstitucional que se lleven a cabo contratos de arrendamiento con financiamiento internacional sin la aprobación previa de la Asamblea Legislativa, advirtieron los liberales.

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Mencionaron, además, que se violentaría el inciso 15 del artículo 121 de la Constitución, donde se establece que todo empréstito u operación que implique compromiso financiero del Estado debe ser aprobado por el Congreso.

Sobre el artículo 7, que cambiaría el número 9 de la Ley General de Control Interno, la consulta constitucional indica que se disminuirían las funciones del órgano contralor, eliminando los controles relativos a la aprobación presupuestaria, refrendo y fase recursiva en materia de contratación pública.

Finalmente, el artículo 9 de la reforma que el Poder Ejecutivo impulsa cambiaría la Ley Orgánica de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva).

La modificación busca evitar que Japdeva tenga que hacer una licitación antes de escoger socios estratégicos.

La gestión del Liberal Progresista señala que se podrían lesionar los artículos 46, 140, 182 y 191 de la Constitución.

Los congresistas recordaron que la Sala Constitucional determinó, en el fallo 998 de 1998, que el 182 existe, precisamente, para eliminar la práctica de hacer contratos sin licitación.

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“Se entiende el procedimiento de licitación pública como el mecanismo más apto para el control de la hacienda pública y de los recursos financieros del Estado, con el fin de que se promueva una sana administración de los fondos públicos”, dice el PLP en su consulta.

Añade la gestión de los liberales que “si el proyecto (de ley jaguar) pretende evitar el proceso licitatorio, indefectiblemente se daría la violación del artículo 46 constitucional, proceso que también tiene sustento en el principio de eficiencia de la administración consagrado en el 140 y 191 de la Constitución”.

La gestión promovida por el PLP llegó a la Sala IV este jueves por la tarde y se encuentra en estudio de admisibilidad por parte de los magistrados, al tiempo que en ese tribunal fue admitida para estudio una consulta presentada por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

Esa consulta, apoyada por cuatro diputados liberacionistas y la independiente María Marta Padilla, generó que la presidenta en ejercicio de la Asamblea Legislativa, Rosalía Brown, suspendiera la votación de la convocatoria a referéndum que estaba prevista para el jueves.

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