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Hasta 3.000 euros de multa por jugar a las palas en Málaga: estas son las cosas que no puedes hacer en la playa

Abc.es 
Las playas son lugares pensados para la relajación, la calma y la desconexión. Sin embargo, no siempre es así. La masificación o las conductas incívicas pueden llegar a perturbar la tranquilidad que ofrece la costa. Y eso puede tener consecuencias. En concreto, la ordenanza de uso y disfrute de las playas de Málaga establecen cuáles son las normas de uso de las zonas de baño. Estas vienen a regular las conductas sociales e higiénicas básicas que se deben seguir en las playas, así como las sanciones que se derivan de su incumplimiento. El artículo 6 de las citadas ordenanzas prohíbe la «realización de actividades, juegos o ejercicios que puedan molestar al resto de usuarios» . Esta prohibición solo tiene vigencia durante la temporada de baño, comprendida entre el 1 de junio y el 30 de septiembre. El incumplimiento de este artículo se considera una infracción grave según el régimen sancionador. En este sentido, las multas por llevar a cabo «actividades, juegos o ejercicios» en las playas de Málaga pueden oscilar entre los 300 y los 3.000 euros . Así, una estampa tan veraniega como la de jugar a las palas podría ser sancionada por parte de las autoridades municipales. Esto no es nuevo, ya que la ordenanza lleva vigente desde el año 2004 . Sin embargo, la ordenanza municipal de playas recoge algunas excepciones a esta prohibición . Se podrá jugar en las zonas de baño y en la arena siempre y cuando se haga a una distancia considerable respecto al resto de los usuarios de la playa. Así, la normativa indica que estas actividades nunca podrán llevarse a cabo a una distancia inferior a los seis metros . Tampoco están sujetos a esta prohibición los juegos o actividades deportivas organizadas por el propio Ayuntamiento de Málaga . Asimismo, también se escapan de la prohibición aquellas que se realicen en las zonas que, con carácter permanente, tiene dedicadas el Consistorio malagueño para la práctica de diversos deportes o juegos infantiles. El régimen sancionador contempla otras infracciones graves por las que te pueden caer sanciones de entre 300 y 3.000 euros . Además de jugar a las palas o la pelota, otras actividades que acarrean esta costosa multa pueden ser la realización de moragas o barbacoas en lugares, fechas u horarios no permitidos, la tenencia de animales en las playas o practicar la pesca en un lugar, época u horario no autorizado. La venta ambulante de productos alimenticios , el uso de bombonas de gas o líquidos inflamables, o el uso indebido de duchas, lavapiés, aseos o mobiliario urbano de las playas también acarrean sanciones de este estilo. Otro de los aspectos que contempla la ordenanza de uso y disfrute de las playas de Málaga son las condiciones higiénico-sanitarias. Así, la normativa municipal prohíbe la «evacuación fisiológica en el mar o en la playa» . Es decir, orinar o defecar tanto en la zona de baño como en la arena no está permitido. En este sentido, el régimen sancionador establece que se trata de una infracción leve y establece multas de hasta 300 euros . Lo que no aclara la ordenanza es cómo se controla el cumplimiento de esta norma. Hace unos días, un vehículo de alta gama se quedó atrapado en la arena de una playa de Estepona , cuyas imágenes se hicieron virales. En Málaga, la ordenanza prohíbe circular con un vehículo no autorizado por la playa y estacionar en la arena. Tampoco se puede escuchar música a través de un altavoz. Ambos casos son tipificados como infracciones leves que están penadas con multas de hasta 300 euros .

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