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Empleados de Comercio: a la par de la suba, confirman un nuevo pago doble

Empleados de Comercio: a la par de la suba, confirman un nuevo pago doble

Se liquidará a los trabajadores mercantiles que hayan prestado servicios el martes 9 de julio. ¿Cómo se calcula?

Los Empleados de Comercio que hayan prestado servicios el martes 9 de julio feriado nacional cobrarán en agosto el monto doble respecto a una jornada habitual.

Así lo repasó la Secretaría de Asuntos Legislativos y Relaciones Institucionales de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) en redes sociales. 

Los trabajadores mercantiles que hayan prestado servicios el martes 9 de julio cobrarán el doble en agosto 2024

La suma descripta en los artículos 166 y 167 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 absorberá el segundo tramo del incremento trimestral del 13,5% no remunerativo acordado el 27 de junio entre la FAECyS y las cámaras empresariales.

"Los importes no remunerativos pactados en el presente acuerdo deberán ser tenidos en cuenta para el cálculo de los pagos correspondientes a los días trabajados feriados nacionales y domingos, siendo que el pago de dichos conceptos cobrará operatividad a partir del mes de julio de 2024, es decir, no tendrá efecto retroactivo de ninguna naturaleza", detalló el segundo párrafo del entendimiento convalidado por la Secretaría de Trabajo.

¿Cómo se calcula el pago del feriado trabajado para los Empleados de Comercio?

De acuerdo a la legislación laboral, aquellos trabajadores que hayan prestado servicios el martes 9 de julio feriado nacional deberán percibir el pago doble, contemplando un recargo del 100% en concepto de hora extra.

Esta suma estará dada por el 1% del básico para la categoría correspondiente sumado al presentismo y antigüedad (estas últimas dos con suba del 4,5% por el aumento correspondiente al segundo tramo del acuerdo paritario). 

Ejemplo: Maestranza A

 Maestranza A Montos
 Básico 441.108
 Antigüedad 4.411,08
 Presentismo 37.126,59
 Hora extra (unidad) 4826,46

¿Cómo se calcula la antigüedad y el presentismo para los Empleados de Comercio?

El sitio oficial del Sindicato de Empleados de Comercio (SEC) de Capital Federal describe a los dos adicionales bajo los siguientes términos:  

  • La antigüedad: es un porcentaje determinado por cada año de trabajo, en el caso del 130/75 es del 1% y se calcula sobre el básico.
  • El presentismo: es una suma fija o un porcentaje del básico que se otorga a los/as trabajadores/as que no faltaron en todo el mes. También se fija por convenio, es del 8,33% de la remuneración mensual, siempre y cuando no haya incurrido en más de una ausencia injustificada en el mes (Art. 40 CCT).

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