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Alberto Fujimori no debería postular por cuestiones de'carácter moral', sostiene expresidente del TC

Tras el anuncio de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori sobre la posible postulación de su padre, Alberto Fujimori, el pasado lunes 15 de julio. Óscar Urviola, expresidente del Tribunal Constitucional (TC), sostuvo que más allá de los aspectos legales, se encuentran los morales. Asimismo, indicó que indulto humanitario fue concedido bajo el argumento de su delicado estado de salud, lo que plantea una contradicción si se considera apto para una campaña electoral.

"Por otro lado, también hay razones de carácter, hasta podríamos decir moral, es decir, si se le ha conseguido un indulto humanitario por razones de salud, cómo es que después él tiene el deseo de postular a la presidencia, para lo cual se supone debe estar en condiciones físicas y mentales adecuadas", sostuvo Urviola en una entrevista con canal N.

De igual forma, con relación al indulto que recibió Fujimori Fujimori en 2017, por el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski, el expresidente del TC aclaró que el ser indultado, no borra la condena, ni la sentencia que recayó sobre él (Alberto Fujimori) por violaciones a los derechos humanos y corrupción, sino que simplemente conmutó el resto de su pena. Por lo tanto, esta distinción entre indulto y amnistía es crucial para entender las limitaciones legales que enfrenta Fujimori.

"(...) yo voy a hacer una precisión sobre esa distinción entre el indulto y lo que es la amnistía, el indulto es simplemente el perdón de la pena o del resto de la pena que es lo que ha ocurrido con Fujimori, el señor Fujimori sentenciado, ha estado purgando prisión y le faltaba una parte de la prisión", expresó el exmagistrado.

Asimismo, al ser consultado sobre la diferencia entre indulto y amnistía, Urviola señaló que "La amnistía contrariamente al indulto es el olvido del delito consecuentemente de la sanción, en el indulto, el delito que se cometió y que fue sancionado persiste, la sentencia también, y solamente se le perdona la privación de la libertad, en todo o en parte (...). No confundan el indulto con la amnistía, en la amnistía que viene de amnesia es el olvido del hecho delictivo".

Con respecto a los impedimentos legales, se sabe que según el artículo 34-A de la Constitución del Perú, se establece que personas con sentencias condenatorias no pueden postular a cargos públicos. La Ley Orgánica de Elecciones refuerza esta disposición, excluyendo a aquellos que no hayan cumplido con el pago de la reparación civil, una condición que Fujimori tampoco ha cumplido.

"El anuncio que ha hecho la señora Keiko Fujimori debemos interpretarlo en el ámbito del deseo familiar, no filial de la hija y el cariño, al padre de quererlo ver nuevamente presidente", declaró ante el programa Octavo Mandamiento, trasmitido por canal N.

Finalmente, Urviola sostuvo que la noticia que dio Keiko Fujimori traería consecuencias a futuro. "Yo creo que incluso este anuncio, como de hecho está generando debate, puede generar en adelante, revivir situaciones de confrontación que no son necesarias y que creen o que es conveniente superar claro", puntualizó en canal N, el expresidente del TC.

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