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Ganancias: la importante aclaración que hizo la AFIP sobre el impuesto

 La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó las modificaciones en el Impuesto a las Ganancias que aprobó el Congreso en el Paquete Fiscal y realizó una importante aclaración sobre la vigencia del nuevo esquema.

A través de la Resolución General 5531/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el organismo aclaró que los 800.000 trabajadores en relación de dependencia que volverán a pagar Ganancias no verán afectados sus ingresos en forma retroactiva.

Esto significa que no se les descontará el impuesto por el salario de junio ya cobrado en julio, sino que la aplicación comenzará a partir del sueldo de este mes, a percibirse en agosto.

Ganancias: la importante aclaración que hizo la AFIP sobre el impuesto

"La AFIP reglamentó las modificaciones en el impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia. La norma prevé que los cambios se aplican desde los haberes devengados y percibidos de julio en adelante, es decir, que los salarios hasta junio no van a ser afectados de manera retroactiva", señaló el ente recaudador a través de un comunicado.

AFIP aclaró que los 800.000 trabajadores en relación de dependencia que volverán a pagar Ganancias no verán afectados sus ingresos en forma retroactiva.

En ese sentido, la norma fue diagramada para que la modificación del impuesto a las Ganancias no afecte a los salarios que ya habían percibido los trabajadores antes de la nueva ley, inclusive si lo cobraron después.

Esto significa que a los trabajadores que obtuvieron su remuneración hasta el 30 de junio, aunque la perciban en julio, se les aplicarán la norma anterior. 

En cambio, los haberes que se devenguen desde el 1° de julio en adelante, quedarán sujetos a la nueva Resolución General. De este modo, el nuevo esquema regirá para los salarios de julio, a percibirse en agosto.

Ganancias: la AFIP habilitó el formulario para cargar deducciones y descontar gastos

la AFIP habilitó esta madrugada el formulario Siradig-Trabajador para que los empleados en relación de dependencia y los jubilados alcanzados por el tributo pueden cargar las deducciones.

Algunas de las deducciones más comunes son cargas de familia (hijos y conyúge a cargo), alquiler de casa para vivienda permanente (hasta el 10% del valor), medicina prepaga, gastos médicos, cuotas de colegios privados, seguros de vida y retiro, donaciones y pagos al servicio doméstico.

Para llenar el formulario cada contribuyente tiene que ingresar al sitio web de la AFIP con su clave fiscal y allí buscar el servicio interactivo Siradig-Trabajador. Y ahí se debe completar toda la información requerida en cada una de las solapas. El trámite es 100% online.

Calculadora de Ganancias

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