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¿Qué días pueden descansar los trabajadores del sector privado en el feriado largo del 26 al 29 de julio por Fiestas Patrias?


                                 ¿Qué días pueden descansar los trabajadores del sector privado en el feriado largo del 26 al 29 de julio por Fiestas Patrias?

Conoce AQUÍ qué es lo que ocurrirá con los trabajadores del sector privado para este fin de semana largo por motivo de las Fiestas Patrias en nuestro país.

Por Fiestas Patrias, y según el Decreto Supremo N° 011-2024 PCM, esta celebración vendrá acompañada con un fin de semana largo. Esta medida, que incluye días no laborables y feriados nacionales, tiene como objetivo fomentar el turismo, el descanso y la recreación de los trabajadores de los sectores privados y públicos. El decreto establece el viernes 26 como día no laborable, sumándose a los tradicionales feriados del 28 y 29 de julio. Ante ello, los trabajadores del sector privado deben considerar las diferencias sobre estos días de descanso para evitar cualquier tipo de inconvenientes.

El feriado largo ofrece una excelente oportunidad para que los trabajadores planifiquen viajes y actividades recreativas. Sin embargo, es importante que tanto empleados como empleadores conozcan las diferencias entre días no laborables y feriados para organizar su tiempo de descanso y las obligaciones laborales.

Fiestas Patrias: los trabajadores del sector privado solo podrán descansar en estos días

Viernes 26 de julio

El viernes 26 de julio ha sido declarado día no laborable para los trabajadores del sector público. Las horas no trabajadas deberán ser compensadas en los siguientes diez días hábiles o según lo determine el jefe inmediato. En el sector privado, la adopción de este día no laborable es opcional y dependerá del acuerdo entre el empleador y el trabajador.

28 y 29 de julio

Los días 28 y 29 de julio son feriados nacionales por ley, conmemorando la independencia del Perú. Estos días son de descanso obligatorio tanto para el sector privado. Durante estos feriados, los trabajadores tienen derecho a no laborar y recibir su remuneración completa.

Días no laborables: ¿los trabajadores del sector privado pueden negociar su descanso en este día?

A diferencia de un feriado, un día no laborable implica la suspensión temporal del trabajo, pero requiere ser compensado. Para los empleados del sector público, estos días son mandatorios y las horas no trabajadas se deben recuperar después. En el sector privado, la implementación de estos días depende de negociaciones entre empleadores y trabajadores.

¿Qué feriados y días no laborables restan durante el año?

  1. Viernes 26 de julio: día no laborable para el sector público
  2. Domingo 28 de julio: día de la Independencia
  3. Lunes 29 de julio: fiestas Patrias
  4. Martes 6 de agosto: batalla de Junín
  5. Viernes 30 de agosto: santa Rosa de Lima
  6. Lunes 7 de octubre: día no laborable para el sector público
  7. Martes 8 de octubre: combate de Angamos
  8. Viernes 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
  9. Domingo 8 de diciembre: inmaculada Concepción
  10. Viernes 6 de diciembre: día no laborable para el sector público
  11. Lunes 9 de diciembre: batalla de Ayacucho
  12. Miércoles 25 de diciembre: navidad
  13. Lunes 23 de diciembre: día no laborable para el sector público
  14. Martes 24 de diciembre: día no laborable para el sector público
  15. Lunes 30 de diciembre: día no laborable para el sector público
  16. Martes 31 de diciembre: día no laborable para el sector público

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