El acusado del crimen de Tirán es condenado a 25 años de cárcel por asesinato con alevosía
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra, de acuerdo con el veredicto del Tribunal de Jurado, condena a 25 años de prisión al hombre que asesinó a su vecina después de entrar en su domicilio con intención de robarle. Se trata de Balbino S.E., que en verano de 2021 entró en el domicilio de una vecina suya en el municipio de Tirán, en Moaña –Cándida S.P., de 72 años de edad– con la intención de llevarse objetos de valor. Una vez dentro del inmueble, «de manera inesperada» y sin que la víctima «pudiese defenderse», la golpeó en diversas partes del cuerpo y la asfixió con una cuerda, siendo esta la causa de la muerte. Por todo ello, el magistrado lo considera culpable de un delito de robo con violencia en casa habitada en grado de tentativa y de un delito de asesinato mediante alevosía para facilitar la comisión del robo. Tal y como recoge la sentencia, el jurado consideró probado que el ahora condenado, Balbino S.E., –que era consumidor de sustancias estupefacientes, con una dependencia moderada, pero que en el momento de los hechos no tenía sus capacidades afectadas– entró en el domicilio de la víctima, viuda y de 72 años, que no tuvo posibilidad de defenderse ante sus ataques . El condenado la golpeó en diversas partes del cuerpo y, finalmente, le puso una cuerda al cuello, la inmovilizó, y la asfixió hasta causarle la muerte. «El brutal ataque que recibió de una manera súbita en el interior de su propio domicilio, la persistencia de las acometidas físicas que recibió, la persecución y las dos ataduras hechas para eliminar la más mínima posibilidad de defensa y para finalmente ahogarla no dejan lugar a dudas de la concurrencia de la alevosía en la muerte de la víctima y para cometer el robo«, indicó el magistrado presidente en la sentencia. Por todo ello, el hombre fue condenado, como autor responsable de un delito de robo en grado de tentativa y de un delito de asesinato mediante alevosía para facilitar el propio hurto, a 25 años de prisión. Además, en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar al hijo de la víctima 60.000 euros y los correspondientes juros legales, y se le prohíbe comunicarse con él o su familia y acercarse a menos de 500 metros de ellos tanto en su domicilio, en su lugar de trabajo o en cualquier lugar en el que se puedan encontrar durante los 10 años posteriores al cumplimiento de la pena. La sentencia, con todo, no es firme, pues contra ella se puede interponer un recurso de apelación, ante la Sala de lo Civil y Penal de Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en un plazo de diez días desde la última notificación.