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Excelente noticia de ANSES: el Gobierno confirmó la entrega de un súper bono de $ 250.000, ¿quiénes lo cobran?

En continuidad con el calendario de pagos, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó la entrega de un bono excepcional de más de $ 250.000, a pagarse durante el mes de agosto.

Este beneficio está destinado a un grupo de beneficiarios, con el objetivo de que puedan garantizar los controles médicos y la asistencia a clases de las niñas y niños del grupo familiar.

ANSES pagará un bono de $ 250.000: quiénes lo cobran 

El organismo previsional pagará un monto de $ 263.791 a las beneficiarias y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) que cumplan con una serie de requisitos. 

La cifra se estableció luego de conocerse el incremento de un 4,8% de las diferentes prestaciones sociales, en base al aumento correspondiente a la nueva ley de movilidad jubilatoria. 

En este caso en particular se les entregará a aquellos titulares que cuenten con un hijo o hija de discapacidad, sin límite de edad y que resida en el país. 

ANSES: ¿Cuáles son los requisitos para cobrar AUH por discapacidad? 

En el caso de la persona titular de la prestación tendrá que cumplir con los siguientes puntos:

  • Tener DNI actualizado (la constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
  • Residir en el país.
  • Ser argentino/a nativo/a o naturalizado/a, o con residencia legal en el país mínima de 2 años.
  • Tener los datos personales y vínculos familiares registrados y actualizados en ANSES. Podés consultarlos ingresando en Mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social.
  • Presentar una vez por año el Formulario Libreta PS 1.47.

Mientras que de la hija o hijo tendrán que contar con la siguiente documentación:

  • Contar con autorización por discapacidad vigente tramitada en ANSES.
  • Sin límite de edad.
  • Ser hijo/a matrimonial o extramatrimonial, adoptada/o o estar bajo guarda, tutela, o curatela a la persona, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º grado (abuela/o, tía/o, hermana/o).
  • Si es mayor de edad y no tiene madre ni padre ni curadora/or se abona la AUH al pariente por consanguinidad o afinidad cuya obligación alimentaria esté declarada o reconocida por autoridad judicial competente, a través de sentencia o información sumaria.
  • Tener DNI (la constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
  • Residir en el país.
  • Ser argentina/o nativa/o o naturalizada/o o con residencia legal en el país mínima de 2 años.
  • Figurar en la base de personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo y con el otro/a progenitor/a.

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