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El Gobierno de Dina Boluarte ha promulgado una norma legal para modificar dos artículos de la Ley Universitaria y otorgar el licenciamiento permanente a las universidades supervisadas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). La cuestionada iniciativa también aprueba que las clases en estos centros educativos sean 100% virtuales.
Antes de dicha oficialización, la Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó la propuesta presentada por el parlamentario Héctor Valer Pinto con 17 votos a favor.
Licenciamiento permanente a las universidades supervisada por Sunedu
La norma legal publicada en una edición extraordinaria del Diario El Peruano señala que el licenciamiento otorgado por la Sunedu es de carácter permanente. Sin embargo, las universidades tienen que demostrar el cumplimiento continuo de las condiciones básicas de calidad. Incluso estarán sujetas a evaluaciones periódicas que se realizarán de manera inopinada para garantizar la calidad educativa y la transparencia en el uso de recursos públicos.
Además, se ha incorporado en el artículo 13 de la Ley Universitaria un inciso que específica la función rectora y reguladora de la Sunedu:
- Implementarán una plataforma digital que permita la supervisión y evaluación constante de las universidades, con indicadores de calidad educativa y de uso de recursos públicos.
- Realizarán cada tres años auditorías públicas para verificar o corregir el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad y la transparencia en el uso de recursos públicos.
- Crearán un sistema de alerta temprana para detectar posibles incumplimientos o desviaciones en las universidades. Con ello permitirán la intervención oportuna de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria.
- Presentarán un informe anual de las universidades para detallar el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad y el uso de los recursos públicos.
- Establecerán un régimen de sanciones y procedimientos correctivos para las universidades que incumplan con las normativas establecidas.
Aprueban clases virtuales en la educación superior
Según el texto promulgado por el Gobierno de Dina Boluarte, las clases virtuales se caracterizan por una interacción simultánea o diferida entre estudiantes y docentes que se facilita por medios tecnológicos. “Esta modalidad podrá comprender hasta el 100 % de los créditos académicos, siempre y cuando se utilicen tecnologías de información y comunicación (TIC) certificadas, excepto para las carreras y especialidades que requieran realización de experimentos y prácticas presenciales”, señalaron.
Estos serán los mecanismos para garantizar la calidad de la modalidad a distancia:
- Implementarán plataformas de gestión académica que permitan la interacción continua entre docentes y estudiantes, con herramientas para seguimiento, evaluación y retroalimentación.
- Definirán estándares de calidad para las TIC utilizadas en la educación a distancia, asegurando su efectividad y accesibilidad.
- Realizarán programas de capacitación continua para docentes en el uso de las TIC y los métodos pedagógicos adaptados a entornos virtuales.
- Efectuarán encuestas periódicas a estudiantes y docentes para evaluar la satisfacción y efectividad de la modalidad a distancia, con mecanismos para implementar mejoras basadas en los resultados.
Pero habrá ciertas restricciones en las carreras de formación profesional que requieran necesariamente de la presencialidad. En primer lugar, la Sunedu deberá aprobar un listado de los cursos de las profesiones que omitan las clases virtuales. Se regulará los componentes prácticos y profesionales necesarios para estas carreras, detallando los requisitos mínimos de infraestructura y de equipamiento. Hasta se ejecutará una supervisión regular de los componentes presenciales por parte de la SUNEDU para asegurar el cumplimiento de los estándares de calidad y la efectividad de la formación práctica.