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Tasa Netflix: ¿cuáles son las plataformas digitales que pagarán iGV en Perú y desde cuándo?


                                 Tasa Netflix: ¿cuáles son las plataformas digitales que pagarán iGV en Perú y desde cuándo?

Alrededor de 600 empresas que brindan servicios digitales a través de suscripciones empezarán a cumplir con esta obligación fiscal en pocos meses. Averigua de qué proveedores se trata y a partir de qué fecha iniciará el cobro.

Hace algunos días se hizo oficial la implementación de la conocida ‘Tasa Netflix’ a los proveedores digitales no domiciliados en nuestro país. De esta forma, alrededor de 600 empresas empezarán a pagar el 18% del Impuesto General a las Ventas (IGV) y deberán adecuarse a esta nueva normativa, que contempla la creación de un mecanismo de recaudación a través de la Sunat.

De acuerdo con el Decreto Legislativo N.º 1623, que modifica la Ley del IGV respecto al uso de servicios digitales y la importación de bienes intangibles a través de Internet, tanto Netflix como otros proveedores que no cuenten con domicilio fiscal en Perú, deberán tramitar el número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) en la Sunat, y así facilitar el acceso a una declaración oportuna de IGV.

Tasa Netflix: ¿cuáles son las plataformas digitales que deberán pagar IGV?

De acuerdo con la información proporcionada por la Sunat, el Decreto Legislativo N.º 1623 no implica la creación de un nuevo impuesto, sino un mecanismo de recaudación del IGV correspondiente a los servicios digitales prestados por empresas proveedoras no domiciliadas en Perú, que son alrededor de 600.

En ese sentido, todas estas compañías "se ponen a disposición del usuario a través de Internet o de cualquier adaptación o aplicación de los protocolos, plataformas o de la tecnología utilizada por Internet o cualquier otra red a través de la que se presten servicios equivalentes mediante accesos en línea y que se caracteriza por ser esencialmente automático y no ser viable en ausencia de la tecnología de la información", siempre que cumplan con lo siguiente:

  • El acceso y/o transmisión en línea de imágenes, series, películas, documentales, cortometrajes, videos, música y cualquier otro contenido digital, a través de la tecnología streaming u otra tecnología: Spotify, iTunes, Apple Music y YouTube Music; Netflix, Amazon Prime Video, MAX, YouTube Premium, Disney+, Apple TV, MGM y Paramount+.
  • El almacenamiento de información: Icloud y Dropbox.
  • El acceso a redes sociales y/o la provisión de contenido o funciones adicionales en estas: LinkedIn, Bumble y Tinder.
  • Los servicios de conferencia remota: Zoom y Microsoft Teams
  • La intermediación en la oferta y la demanda de bienes o servicios: Airbnb y Uber.
  • Bienes intangibles importados a través de internet: videojuegos o libros en Play Store o Apple Store.

¿En cuánto subirían los nuevos precios de los servicios digitales?

Hasta el momento, no hay un precio oficial que haya sido fijado por la empresas proveedoras de servicios digitales. Sin embargo, si se toman en cuenta los montos que los usuarios pagan en la actualidad, así podría ser la variación:

Netflix

  • Básico: de S/24,90 al mes, a S/29,38 al mes
  • Estándar: de S/34,90 al mes, a S/41,18 al mes

Disney+

  • Básico: de S/27,90 a S/32,92 al mes
  • Anual: de S/279,90 a S/330,28 al año

YouTube Premium

  • Individual: de S/20,90 al mes, a S/24,66 al mes.
  • Familiar: de S/31,90 al mes, a S/37,64 al mes (hasta 5 personas).

Spotify

  • Individual: de S/20,90 a S/24,66 al mes.
  • Estudiantes: de S/11,90 a S/14,04 al mes.

¿Cuándo comenzará el cobro por servicios digitales?

Durante una entrevista con RPP, el titular de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), Gerardo López, explicó que el proceso de cobro se realizará en dos fases. En una primera etapa, las empresas proveedores de servicios digitales pagarán directamente a Sunat, previa inscripción del RUC. Luego de ello, se incluirá a las entidades bancarias a través de las cuales, se realiza el pago.

“El proceso de inscripción de las empresas no domiciliadas se va a dar en la segunda quincena de agosto y durante el mes de septiembre de este año. A partir de octubre, lo que va a hacer la empresa no domiciliada es empezar a retener y percibir, y a partir de noviembre en adelante, porque va a ser una obligación mensual, declarar y pagar sus impuestos”, refirió.

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