Juez declara inaplicable la Ley 32108 al proceso contra Vladimir y Waldemar Cerrón Rojas por Los Dinámicos del Centro
El juez de investigación preparatoria Jorge Chávez Tamariz decidió no aplicar la Ley 32108 de crimen organizado en la investigación a los hermanos Vladimir y Waldemar Cerrón Rojas en el caso de "Los Dinámicos del Centro", al considerar que esta modificación de la ley penal es incompatible con las convenciones de Viena y Palermo.
Explicó que la Constitución Política del Estado establece la obligación de los jueces de cumplir las leyes y los convenios y tratados de los que el Perú forma parte, como la convención de Viena y Palermo referidas al combate al crimen organizado.
Chávez Tamariz enfatizó que la jurisprudencia nacional e internacional establece que a nadie se le puede permitir aprovecharse de su propio fraude en relación a que la modificación del artículo 317 del Código Penal fue promovida por el congresista Waldemar Cerrón Rojas, que está incluido en la investigación.
Además, indicó que la Ley 32108 debe leerse en concordancia con la Convención de Palermo por lo cual, el límite no solo está en los años de pena de un delito, más de seis años, sino en la gravedad de los delitos que se atribuye a la organización criminal. En este caso, subraya los delitos de corrupción de funcionarios y lavado de activos.
De esta manera, el juez rechazó el recurso de excepción de naturaleza de acción presentada por Vladimir y Waldemar Cerrón Rojas. La fiscal especializada en delitos de corrupción Vanessa Diaz había pedido al juez que tenga en cuenta la Convención de Palermo al resolver este caso.
Sin embargo, la representante del Ministerio Público consideró que en el caso "Los Dinámicos del Centro" se cumplen todos los elementos que establece la nueva ley sobre crimen organizado: la existencia de una estructura compleja, reparto de roles, delitos mayores a seis años, control de un mercado ilícito y fines económicos
El juez subrayó que la Ley 32108 tiene lagunas normativas lo que permite a los jueces realizar una interpretación en base a la Convención de Palermo, para permitir al Ministerio Público continuar con las investigaciones