La anomalía presupuestaria
El artículo 134 de la Constitución Española establece que el Gobierno «deberá presentar» los Presupuestos al menos tres meses antes de que expiren los del ejercicio anterior, que en el caso actual ya estaban a su vez prorrogados. El verbo deber establece un imperativo, no una opción discrecional, y por lo tanto el Ejecutivo lleva ya una semana de retraso tras haber eludido también la encomienda el pasado año. No llega al lustro de bloqueo que la oposición forzó en la renovación del Poder Judicial, pero en términos estrictos el incumplimiento de la obligación constitucional es el mismo. Ciertamente la Carta no dice –tampoco respecto al CGPJ– qué pasa en el supuesto de que su mandato sea desoído, por lo... Ver Más