World News

Congreso: Manipulación de votos del Tribunal Constitucional con nulo respaldo

La Comisión de Constitución, que preside el fujimorista Fernando Rospigliosi, no obtuvo ninguna opinión técnica favorable respecto del proyecto de ley para reducir de cinco a cuatro los votos del Tribunal Constitucional (TC), para resolver sobre las demandas competenciales. Aun así, la mayoría congresal se apresta a aprobar esta semana dicha contrarreforma.

La tarde del jueves 3 de octubre, los portavoces de ocho bancadas firmaron un acuerdo para incorporar el tema en la agenda del pleno. Entre los grupos firmantes se encuentran Fuerza Popular y Perú Libre, además de Alianza Para el Progreso. (Ver detalle en el cuadro).

Previamente, el 23 de setiembre, Rospigliosi se encargó de llevar la propuesta del dictamen a la Comisión de Constitución y el texto fue aprobado. Junto con los votos de Fuerza Popular (Moyano, Aguinaga y otros), aparecen los votos de respaldo de Waldemar Cerrón e Isaac Mita, de Perú Libre. También apoyaron APP y Acción Popular, entre otros grupos.

La mayoría congresal apura esta contrarreforma debido a que el TC actual no cuenta con los cinco votos necesarios para declarar fundada la demanda competencial del Congreso contra el Poder Judicial. Esto a propósito del amparo que permitió el retorno de los magistrados Aldo Vásquez e Inés Tello a la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

En el TC solo votarían a favor de los intereses del Congreso Pedro Hernández, Gustavo Gutiérrez, Francisco Morales y Luz Pacheco. Les falta un voto.

El autor del proyecto

Una personaje que también forma parte de esta trama de intento de manipulación institucional es el arequipeño Esdras Medina, autor del proyecto.

A inicios del 2023, este parlamentario presentó el proyecto de ley 4145, para modificar el artículo 112 del Código Procesal Constitucional. La propuesta directa es que el TC pueda decidir solo con cuatro votos las demandas competenciales.

El legislador arequipeño deja en evidencia su orfandad de argumentos en la exposición de motivos. Solo desliza que una demanda competencial no equivale a una demanda de inconstitucionalidad, que también requiere de cinco votos. “Nos parece contraproducente, porque no tiene ni la misma importancia”, apunta, sin desarrollar mayores explicaciones.

Opiniones en contra

En una opinión técnica remitida al Congreso, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), a modo de jalón de orejas, expresa que el proyecto de Medina no está acompañado de “data que sustente la existencia de tal problemática”, en relación a los votos.

Al mismo tiempo, el pleno del JNE recomienda tomar en cuenta la opinión del abogado Aníbal Quiroga, quien sí le otorga la importancia necesaria a la demanda competencial.

Incluso el defensor del pueblo afín al Congreso, Josué Gutiérrez, remitió una opinión donde se opone a esta contrarreforma. “La propuesta no resulta viable, ya que la votación calificada (5 votos) en los conflictos de competencia tiene especial trascendencia constitucional, en tanto están en debate órganos clave en el sistema de separación y equilibrio de poderes”, expresa.

"La decisión que adopte el TC (en una demanda competencial) impactará en el diseño previsto por el constituyente y por el legislador, así como en el ejercicio de los derechos de las personas cuyo interés esté de por medio", agrega la opinión técnica defensorial.

En el Congreso, sin embargo, hay premura por sacar otra ley a la medida de sus intereses y así concretar, desde el TC, la separación de Inés Tello y Aldo Vásquez de la JNJ, en lo que pinta más como una venganza por la sanción impuesta contra la otrora fiscal Patricia Benavides.

Читайте на 123ru.net