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ANSES: Qué pasará con tu prestación si estás más de 90 días fuera de Argentina

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó una modificación en los criterios de acceso de las Pensiones No Contribuyentes (PNC) y otras Asignaciones Familiares.

Publicada este lunes en el Boletín Oficial (BORA), la Resolución 918/2024 introdujo nuevas pautas de control respecto a la permanencia mínima exigida en el país. 

Este requisito será fundamental para mantener las liquidaciones mensuales. 

¿Cómo quedó la nueva normativa?

"La persona titular o generadora de derecho, según corresponda, no cumple con dicho requisito cuando se haya ausentado del territorio de la República Argentina por un período superior al de 90 días corridos", planteó la normativa.

En el detalle se agregó, que "se utilizará la información obrante en las distintas bases de datos de la ANSES y aquella remitida por la Dirección Nacional de Migraciones, en el marco de los convenios vigentes entre ambos organismos".

¿Por qué me podrían dar de baja la prestación de ANSES?

En caso de verificar el incumplimiento del requisito de residencia mínimo de 90 días, se procederá a la suspensión del beneficio. Será hasta que la persona titular solicite la activación del mismo y "demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país".

"Cuando se trate de prestaciones respecto de las cuales, dicho incumplimiento, implique la pérdida de derecho, en cuyo caso se procederá a la baja de las mismas", amplió el aparatado de excepciones. 

¿A quiénes también se les podrá suspender la prestación de ANSES?

La suspensión también aplicará para quienes cobren la bonificación por zona austral y no residan en dicha gestión. A quienes no aclaren su situación, se procederá con el esquema.

Se deberá solicitar y "probar el derecho a la misma para ser abonada nuevamente". El Ejecutivo alegó que "si bien algunas de estas prestaciones establecen, en sus normas reglamentarias y aclaratorias, un lapso específico para determinar el cumplimiento de dicha exigencia, en aquellas en donde no se prescribe el mismo, deviene necesario disponer un plazo razonable que se adecue con el requisito de residencia en el país, cuando se produzca la ausencia del territorio de la República Argentina".

Por lo tanto, la ANSES "deberá implementar sistemas administrativos y contables que permitan un adecuado control de la gestión económico-financiera y prestacional, debiendo presentar, anualmente al Poder Ejecutivo Nacional para su aprobación, su memoria y estado contable".

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