Turnan a ministro Alcántara Carrancá acción de inconstitucionalidad promovida por el PAN
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) turnó al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá la acción de inconstitucionalidad que promovió el Partido Acción Nacional (PAN) en la que impugna la reforma judicial.En las próximos días, el ministro determinará si admite a trámite la acción que busca frenar la reforma que entró en vigor el 16 de septiembre de este año.“Túrnese este expediente al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá para que instruya el procedimiento respectivo, al existir conexidad con la controversia constitucional 286/2024, toda vez que se impugna el mismo decreto legislativo”, indica la notificación en estrados.El pasado lunes, el líder nacional del PAN, Marko Cortés, informó que presentó la acción de inconstitucionalidad porque la citada reforma es más bien una reforma en materia electoral, para que jueces y magistrados sean votados de forma directa por la ciudadanía.El panista indicó que al ser organizados estos procesos por el Instituto Nacional Electoral (INE) y calificados por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la reforma al Poder Judicial realmente esconde una electoral.“Además, en la elección de las magistraturas de la Sala Superior se dota a la Suprema Corte de Justicia de la Nación de una facultad ex profesa para la calificación de la elección, generando una excepción formal para la participación de la Suprema Corte en la calificación de los procesos electorales.“Esto, genera la indispensable adecuación del modelo de elecciones al hacer concurrir en la jornada electoral, incluso de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, siendo este último la adición realizada que, a la par, multiplica exponencialmente la cantidad de cargos que serán electos por la ciudadanía”, señaló el dirigente albiazul.Explicó que, con ello, se modifica el tiempo y también la información necesaria para que la ciudadanía vote en pleno conocimiento, además de generar una nueva necesidad de organización electoral, tanto en diseño de boletas específicas con elementos que faciliten la posibilidad del voto, como en la dinámica de preparación, seguimiento, investigación y sanción de la jornada por parte de la autoridad electoral.“Es de alarmar que también se plantea el establecimiento de casillas especiales sin la participación de las representaciones de los partidos políticos en el escrutinio y cómputo de los votos, pero con la nueva necesidad de establecer un mecanismo supervisor que garantice la certeza de las personas contendientes en la elección de personas juzgadores.Esto implica un nuevo modelo electoral que hace que la reforma judicial sea de naturaleza electoral”, mencionó.Asimismo, en la acción se impugnan violaciones al proceso legislativo, como la falta de cumplimiento de suspensiones dictadas por juzgadoras y juzgadores que mandataron cesar el proceso legislativo, vicios procesales como la falta de identificación veraz de quienes participaban durante la sesión y las votaciones en la Cámara de Diputados, la ilegalidad en la instalación de órganos en el Senado y el ilegal “fast track” en la aprobación de Congresos Estatales.rarr