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RIGI: el Gobierno continúa cambiando la letra chica, qué modificó ahora

Tras la finalización del grueso de los ingresos del blanqueo de capitales con el vencimiento de la "Etapa 1", el Gobierno apuesta al Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (RIGI) para la reactivación económica. Qué modificaciones hizo a la letra chica.

A casi tres meses después de la reglamentación (Decreto 749/2024), esta semana el Gobierno realizó dos movimientos: primero salió a aclararle a las empresas que debían registrarse ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA); y luego a cambiar las condiciones para los proyectos preexistentes.

Por medio del Decreto 1028/2024, que se publicó en la madrugada de este viernes en el Boletín Oficial, se modificó la normativa a los fines de "mejorar su aplicación". "Se especifica que en los supuestos de ampliación de Proyectos Preexistentes no adheridos al RIGI, únicamente se deberá constituir una sucursal dedicada, con el fin de lograr una adecuada y diferenciada aplicación de los incentivos previstos en el régimen", destacaron en el considerando.

Así, por el artículo 1º que lleva la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y del ministro de Economía, Luis Caputo se modificaron las posibilidades de que se otorgaron en el Decreto 749/2024 de agosto.

Antes, a fin de lograr una adecuada y diferenciada aplicación de los incentivos previstos en el RIGI, se permitía que el vehículo societario del proyecto preexistente objeto a ampliación, llevará a cabo un sistema de contabilidad separada o constituya una sucursal dedicada. Y ahora solo se dejó esta última alternativa.

Aviso a las empresas

A pesar de ser la gran apuesta del Gobierno, esta semana las propias autoridades reconocieron que aún quedaban dudas por parte del sector privado sobre ante quién debían inscribirse por el RIGI y tuvieron que salir a aclararlo.

"Diversos proyectos empresarios con intenciones de conformar un Vehículo de Proyecto Único (VPU) han planteado inquietudes con relación a la forma en que corresponde que se inscriban como entidades con el fin de comenzar a operar comercialmente, hasta tanto la Autoridad de Aplicación autorice el proyecto y se encuentren en condiciones de obtener la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) especial", destacaron en el Circula 1/2024.

Así, la directora ejecutiva de ARCA, Florencia Misrahi tuvo que aclarar que las personas jurídicas que se constituyan con el fin de integrar un VPU pueden solicitar su inscripción ante el organismo hasta que obtengan la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) especial.

Con la aclaración de que "el otorgamiento de la CUIT conforme a las disposiciones de la Resolución General N° 4.991 y sus complementarias, no significará el reconocimiento de los beneficios del régimen en trato, hasta tanto no se dicte el referido acto administrativo".

Confusión que en parte se expone con los ingresos que tuvo el régimen a la fecha: hasta esta semana solo cuatro empresas habían registrado sus proyectos por un monto de u$s 2.500 millones en sectores donde la Argentina es competitiva como la minería y la energía renovable.

Al que se sumó el anunció de inversión de Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF), considerado el mayor por parte del sector privado de los últimos 20 años, para construir el oleoducto entre Loma Campana y Punta Colorada, la localidad en Río Negro desde la que buscará exportar petróleo al mundo.

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