¿Qué garantías y obligaciones tienen los comercios al ofrecer descuentos de Viernes Negro?
En la recta final del año, se ha vuelto una tradición aprovechar las rebajas de noviembre para adquirir productos de alto valor, como electrónicos, muebles, línea blanca o cualquier otro artículo. Los comercios lanzan campañas publicitarias e informativas para promocionar sus descuentos. Sin embargo, deben cumplir con ciertos requisitos legales.
Respetar plazos, ofrecer garantías y evitar publicidad engañosa son aspectos fundamentales que tanto comerciantes como clientes deben considerar. Estas obligaciones están estipuladas en la Ley de promoción de la competencia y defensa efectiva del consumidor y su reglamento.
La Nación conversó con Cynthia Zapata, directora de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), y con dos abogados expertos en derecho comercial, quienes detallaron algunos puntos clave que los consumidores deben conocer para ejercer sus derechos.
León Weinstok, director de la firma BLP, destacó que las empresas tienen la obligación de brindar información clara y precisa sobre las promociones. Por ejemplo, la duración de una oferta debe estar disponible para el cliente en todo momento. Agregó que existen dos razones para finalizar una promoción: por límite de tiempo o por agotamiento de existencias. Por ello, los comercios deben especificar la cantidad de unidades disponibles en descuento.
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Además, los consumidores tienen derecho a conocer el precio original del producto para evaluar el descuento y determinar si la oferta vale la pena. Silvia González, socia legal de Grant Thornton, afirmó que la factura debe incluir el precio sin descuento y el precio final con la rebaja aplicada. Aunque no existe un límite en el porcentaje de descuento que los comercios pueden aplicar, estos deben definir sus políticas claramente.
“El consumidor debe tener claridad de cuál es el precio original y cuál es el precio que va a pagar una vez se aplique el descuento. El cliente también tiene derecho a saber si el precio incluye o no incluye el impuesto al valor agregado (IVA), y debería poder conocer el valor por separado de cada uno”, dijo González.
No hay restricciones para que las promociones se realicen únicamente en medios digitales o en puntos de venta físicos, pero los comercios también deben comunicar sobre esto en sus sitios web, establecimientos o material publicitario.
Zapata enfatizó que los comercios no pueden discriminar a los clientes por el método de pago. Ya sea con tarjeta, efectivo, transferencia o Sinpe Móvil, el cliente debe recibir el mismo descuento.
Es importante recordar que los productos están sujetos a un plazo de garantía obligatorio. Según el artículo 43 de la Ley 7472, el periodo mínimo de garantía implícita es de 30 días hábiles para cualquier categoría de artículos.
En el caso de bienes duraderos, la garantía debe estar detallada por escrito, ya sea en el producto, en un documento separado o en la factura. Esto incluye el alcance, duración, condiciones y responsables, así como el procedimiento para hacerla efectiva. Si no se especifica un plazo mayor, se aplicará el mínimo establecido por ley.
“La garantía tiene una obligación de información y una obligación de cumplimiento. Si las empresas no entregan ningún certificado de garantía estarían incumpliendo con la ley, pero 30 días es el plazo mínimo”, dijo Weinstok.
Quienes necesiten reclamar una garantía tienen tres opciones: devolución del dinero, cambio por un artículo similar o reparación. La reparación solo aplica si no afecta el valor del bien y es técnicamente viable, aclaró Zapata.
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Según Weinstok, algunos comercios ofrecen la devolución inmediata como parte de sus políticas, lo que se conoce como “derecho al retracto”. En estos casos, el cliente debe devolver el producto en las mismas condiciones en que lo recibió, y el comercio está obligado a respetar esta política mientras esté vigente.
La directora de Apoyo al Consumidor recomendó investigar previamente los precios del mercado y compararlos, para evitar caer en descuentos aparentes que resulten más costosos que otras opciones.
Asimismo, Zapata indicó que los comercios que incumplan con estas obligaciones establecidas en la ley, se exponen a una multa que puede ir desde los 10 hasta los 40 salarios base, lo que se traduce de ₡4.622.000 a ₡48.488.000. En caso de que usted necesite más asesoría sobre el tema, o quiera interponer una denuncia, puede comunicarse con la línea telefónica 800-CONSUMO (800-2667866), o ingresar al sitio web de la Comisión Nacional del Consumidor.