¿Qué pasa si me niego a facilitar todos los datos personales en el registro de viajeros?
La nueva normativa de registro de información de viajeros entró en vigor el pasado lunes 2 de diciembre, tras varias prórrogas. Esta medida obliga a hoteles, agencias de viajes, campings y cualquier alojamiento turístico a proporcionar los datos de sus clientes al Ministerio del Interior a través de una plataforma informática.
El sector turístico ha expresado su descontento debido al alto volumen de datos requerido, lo que podría aumentar los tiempos de espera durante el check-in. Además, las empresas turísticas han señalado una posible incompatibilidad con el reglamento de la Unión Europea. No obstante, el Ministerio del Interior ha indicado que «por ahora» no solicitarán más datos que los ya recopilados.
¿Qué es el registro de viajeros?
Esta medida, regulada desde hace dos años y ahora obligatoria, formaliza la recopilación de datos personales básicos de personas que se hospeden en alojamientos turísticos o alquilen vehículos. El Ministerio del Interior señala que el principal objetivo es «la protección de personas y bienes y el mantenimiento de la tranquilidad ciudadana». No obstante, el registro nace marcado por la polémica y críticas desde el sector turístico.
Fuentes de reclamador.es aclaran a 20minutos las diferentes dudas que pueden tener los consumidores y explican los puntos más polémicos.
¿Qué derechos tienen los consumidores en cuanto a la protección de sus datos personales recopilados en virtud de esta normativa?
Los datos deben estar protegidos contra su pérdida y su divulgación, y los mismos estarán guardados en un sistema informático durante tres años desde la prestación del servicio.
¿Cómo pueden los consumidores presentar una queja si consideran que sus datos han sido manejados incorrectamente conforme a la normativa?
Existen organismos oficiales dedicados a la protección de los derechos de los consumidores. Todos los usuarios pueden dirigirse tanto a la Oficina Municipal de Información al Consumidor de su localidad como a la Dirección General de Consumo de su comunidad autónoma. Además, todos los establecimientos están obligados a poner a disposición de los consumidores un modelo específico de Hoja de Reclamaciones. De esta forma se facilita la formulación de posibles quejas en el propio establecimiento donde se producen los hechos, sin perjuicio de presentar la reclamación también ante las Administraciones de Consumo.
Otro recurso disponible es acudir a las asociaciones de consumidores u otros Organismos dedicados a sectores específicos, como, por ejemplo, la Agencia Española de Protección de Datos.
¿Qué pasa si me niego a facilitarles mi número de teléfono móvil o mi correo electrónico?
El dificultar el cumplimiento de la ley por parte de las empresas turísticas obligadas a ello podría derivar en restricciones para acceder al servicio turístico reservado o deseado, aclara la compañía online de servicios legales.
La regulación obliga a hoteleros, propietarios de viviendas turísticas, agencias de viajes y empresas de alquiler de vehículos a recopilar más de una veintena de datos de sus clientes. Estas empresas deben realizar un parte de entrada y, posteriormente, volcar la información en un registro informático. Si los viajeros no facilitan sus datos, como el teléfono móvil o el email, las empresas turísticas pueden ser multadas, por lo que no se arriesgarán a incumplir la normativa y tratarán de que sus clientes completen los datos. Las sanciones pueden ser leves o graves. Y en el caso de las graves, la cifra de la infracción para estas empresas asciende a 30.000 euros.
¿Qué medidas de seguridad están obligadas a implementar las empresas para proteger los datos personales de los viajeros y conductores?
Las empresas están obligadas a proteger siempre la seguridad ciudadana, y para ello deben facilitar estos datos para que se conserven en dos ficheros radicados en la Secretaría de Estado de Seguridad. Así, esa protección hace que solo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pueda tratar esos datos de carácter personal para sus competencias.
¿Cómo afecta esta regulación a los particulares que alquilan sus viviendas a través de plataformas como Airbnb o Booking?
La nueva norma obliga a las empresas y también a los particulares (alojamientos turísticos de particulares) que operen en el sector a registrar los datos de los viajeros, por lo que se tendrán que coordinar con Airbnb o Booking para completar este proceso, que es de obligado cumplimiento.
¿Cuáles son las responsabilidades de las plataformas digitales que actúan como intermediarias en el cumplimiento de esta normativa?
Según el texto del Gobierno en ‘Disposiciones generales’- ‘Artículo 2. Definiciones, a los efectos de lo establecido en este real decreto, se consideran actividades de hospedaje: “La actividad de las plataformas digitales dedicadas, a título oneroso o gratuito, a la intermediación en estas actividades a través de internet, presten o no el servicio subyacente objeto de mediación, siempre que ofrezcan servicios en España”.
Por lo tanto, las plataformas digitales que actúan como intermediarias quedan incluidas en el cumplimiento de esta normativa. Es decir, deberán hacer el registro de sus clientes y completar todos los datos, al igual que una agencia de viajes o una empresa de alquiler de vehículos, por ejemplo.
Se está calificando este registro como una especie de ‘Gran Hermano’ que vulnera la privacidad. ¿Cree que constituye una intromisión en la privacidad de los consumidores?
Desde reclamador.es apoyamos cualquier mejora en la seguridad de los ciudadanos. Hasta ahora los datos que recogían las empresas turísticas solo incluían algunos datos esenciales, por lo que vemos un gran avance el recabar más datos.
Sin embargo, no es lo mismo para una pyme que para una gran empresa el tener que registrar de sus clientes más de una veintena de datos, donde se incluyen: el nombre completo, el sexo, el DNI o pasaporte, la nacionalidad, la fecha de nacimiento, el lugar de residencia habitual y dirección completa, su teléfono fijo y móvil, el correo electrónico, el número de viajeros que le acompañan y, si hay un menor de edad, la relación de parentesco.
También datos sobre la empresa arrendadora o el establecimiento, datos de la transacción, del contrato, datos del pago etc. En definitiva, es un gran volumen de información y un uso indebido de él puede acarrear consecuencias negativas, ya que se conservarán 3 años, a contar desde la finalización del servicio o prestación contratada, indica la legaltech. Los datos deben estar protegidos contra su pérdida y su divulgación.
Por todo ello, desde reclamador.es pedimos que los datos sean tratados conforme a la ley de protección de datos para evitar así que se produzcan brechas de seguridad, lo que podría acarrear consecuencias negativas para los viajeros.