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El alto riesgo de comprar un sistema de retención infantil para el coche de segunda mano

Abc.es 
Desde el pasado 1 de septiembre, la única norma de homologación de sistemas de retención infantil válida en todo el territorio de la Unión Europea es la normativa ECE R129, también conocida como i-Size, que sustituye de manera definitiva a la anterior norma europea ECE R44/04. La norma ECE R129 / i-Size, ofrece una mayor seguridad de protección, ya que son sometidos a pruebas más exigentes, y permite su uso en combinación con los sistemas de fijación y anclaje del vehículo. Además, extiende el uso en sentido inverso a la marcha, lo que reduce el riesgo de lesiones en los bebés. Ante este cambio normativo a muchas familias les surge otra duda ¿se puede vender o regalar la silla R44 que mi hijo ya no usa? La respuesta de Ibon Maza , miembro de AESVi a esta pregunta es clara y rotunda: «no, es ilegal. Desde el 1 de septiembre de 2024 está prohibido poner en el mercado sistemas de retención infantil que no cumplan en todo caso con las normas de seguridad y características homologadas en virtud de la normativa ECE R129/i-Size. La puesta en el mercado incluye venta en tienda, venta en portales y apps de segunda mano, regalos, donaciones y cualquiera otra transacción similar». Sin embargo, y a pesar de la claridad con la que se especifica esta prohibición, AESVi, el mayor foro de expertos nacionales e internacionales en seguridad vial infantil, puede confirmar otra mala noticia: siguen comercializándose sistemas de retención infantil R44 en los portales y apps de venta de productos de segunda mano, entre ellos Wallapop, Milanuncios, ebay y Vinted, y también en grandes portales de venta online como Amazon o Aliexpress. Otra importante novedad que nos ha dejado este año 2024 ha sido un nuevo estudio realizado por AESVI. En este estudio denominado «El peligro de los Sistemas de Retención Infantil adquiridos en plataformas de venta directa extracomunitarias» AESVi ha analizado los riesgos reales que pueden suponer los dispositivos adquiridos en este tipo de portales para la seguridad de los niños con resultados verdaderamente alarmantes: ninguno de los sistemas de retención infantil analizados podría haber sido homologado en sus condiciones actuales, es decir, ninguno era apto para su comercialización en Europa a causa de graves incumplimientos tanto normativos como técnicos. Por ejemplo, desde el punto de vista administrativo, ninguna de las muestras fue sometida a control aduanero, ninguna de las muestras cumplía la legislación de consumo comunitaria, el 60% de las muestras carecían de homologación, y el 40% de las muestras respondían a publicidad engañosa. Y desde el punto de vista técnico, ninguno de los dispositivos de seguridad analizados cumplía los reglamentos de homologación de SRI, ni siquiera aquellos que poseían etiqueta de homologación; el 70% de las muestras no superó el test dinámico, y el 30% de los dispositivos mostró una ineficacia total. De hecho, el dummy salió eyectado. Ante estos datos que reflejan el peligro evidente que estos dispositivos pueden suponer para la seguridad de los menores que los utilizan, AESVi ha instado a las autoridades competentes a fortalecer la cooperación internacional en la supervisión y aplicación de estándares de seguridad. De hecho, la normativa común europea posee mecanismos para bloquear la entrada de productos extracomunitarios inseguros en nuestro mercado, pero es evidente que no se están aplicando. «La seguridad vial infantil se encuentra en una etapa de verdadera emergencia, por lo que AESVi vuelve a apelar a las instituciones y administraciones públicas para que replanteen un nuevo abordaje de la estrategia nacional de seguridad vial», suma Maza. De este modo, cuando los padres conozcan la evidencia de que el uso correcto de los sistemas de retención infantil es esencial para proteger la vida de sus hijos cuando viajan en coche, no será necesario apelar a las sanciones económicas. «Asimismo, cuando circulen en tráfico urbano o áreas urbanas de grandes ciudades, podrán transportar a personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros sin utilizar un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, siempre que ocupen un asiento trasero», concluye.

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