Procuraduría avala creación de banco con material genético de agresores sexuales
La Procuraduría General de la República (PGR) dio su visto bueno a un proyecto de ley que propone la creación de un banco con el material genético de las personas que hayan sido condenadas a más de cuatro años de cárcel por delitos sexuales.
Dicha iniciativa señala que esta base de datos contribuiría a la seguridad pública, la eficiencia judicial, la prevención de delitos y la protección de los derechos de las víctimas.
El proyecto, planteado en mayo por la fracción del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), modificaría la Ley Orgánica del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) para permitirle crear y administrar este registro de datos genéticos. La información facilitará las investigaciones judiciales.
La iniciativa aclara que el OIJ tendrá el deber de proteger y limitar el acceso a la base de datos genéticos, que deberá estar bajo el más alto nivel de confidencialidad, para uso exclusivo de investigadores, jueces, fiscales y defensores dentro de los procesos judiciales.
Además, deberá respetarse lo establecido por la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales.
“El seguimiento a exconvictos condenados por delitos sexuales tras su liberación de prisión es esencial por razones legales, sociales y de seguridad pública. El monitoreo continuo de estos individuos se fundamenta en la prevención del riesgo y la protección de la comunidad.
“La reincidencia en delitos sexuales es una preocupación significativa, y el seguimiento permite la implementación de mecanismos de vigilancia y control que reducen esta probabilidad, protegiendo así a potenciales víctimas”, detalla el proyecto de ley en su exposición de motivos.
La información de cada agresor sexual permanecerá en la base de datos del OIJ durante los 10 años posteriores a la sentencia condenatoria. Luego de ese periodo, deberá eliminarse todo dato y material genético de cada individuo.
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Procuraduría: ‘ADN es esencial para investigaciones’
En el pronunciamiento emitido el pasado 2 de diciembre, la Procuraduría General de la República reconoció que la utilización del ADN es un medio esencial para realizar investigaciones judiciales.
“El uso de ADN es una prueba usada y aceptada universalmente, tanto en la esfera de investigación biológica de la paternidad o maternidad, como en materia penal. De igual forma, es de gran utilidad para la investigación de cadáveres y personas desaparecidas, y dan solución a los problemas a los que se enfrentan jueces y fiscales en dichas materias”, explicó el abogado del Estado.
Asimismo, indicó que el proyecto de ley pretende proteger bienes jurídicos superiores, tales como los derechos de las víctimas, la seguridad pública, la eficiencia judicial y la prevención del delito.
La Procuraduría detalló que, en la actualidad, cuando se trata de delitos sexuales, la única forma de probar la autoría de los hechos es por medio de pruebas forenses. Esto se debe a que es difícil conseguir pruebas directas y concluyentes. Por la clandestinidad que suele rodear estos crímenes, generalmente solo están presentes los autores y la propia víctima.
“Para esclarecer los hechos e identificar reincidentes, el material probatorio contenido en un repositorio de información genética resulta de vital importancia, tal como ya se ha regulado en otros países de la región”, apuntó el criterio.
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No obstante, la entidad remarcó que los datos genéticos son relativos a la salud de las personas, por lo tanto, se consideran datos sensibles. En ese sentido, señaló que el uso de esta información debe estar ajustado a los derechos fundamentales protegidos por la Constitución Política.
“La extracción de material genético en contra de la voluntad de una persona condenada por delitos sexuales debe siempre responder a un juicio de razonabilidad y proporcionalidad, a través del cual se pueda afirmar que es la medida indicada, la menos gravosa y que deriva un beneficio mayor”, aclaró..
Por otra parte, la Procuraduría sugirió dos puntos que deben corregirse o aclararse en el proyecto. El primero es que la propuesta no detalla cuál autoridad podrá ordenar la toma de muestras a las personas condenadas, ni el momento en que debe realizarse. Solamente se refiere a las autoridades que tendrían acceso.
En la actualidad, la reglamentación vigente dispone que solo los jueces y fiscales pueden recolectar las muestras genéticas, además de los centros de salud de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) bajo ciertas circunstancias.
“Se recomienda aclarar cuál será la autoridad competente para ordenar la toma de las muestras a los ofensores sexuales condenados, el momento procesal para hacerlo, además del tratamiento en casos de menores de edad”, sugirió el criterio.
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Finalmente, la Procuraduría recomendó revisar el segundo artículo del proyecto, que ordenaría al OIJ realizar un seguimiento preventivo de los condenados, con el fin de verificar y facilitar su adecuada reinserción a la sociedad, así como disminuir la posibilidad de reincidencia. Para la entidad, esto supone una modificación de las competencias investigativas del organismo.
La iniciativa se encuentra bajo el expediente 24.327 y es actualmente estudiada por la Comisión de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa.
En caso de ser aprobado el proyecto y convertirse en ley, el OIJ tendrá seis meses para crear un protocolo y un plan de seguimiento de personas sentenciadas por delitos sexuales.