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Confirmada la pena de 15 meses de prisión a la ultra Cristina Seguí por humillar a una niña víctima de violación

La Audiencia de Valencia revoca parcialmente la resolución inicial y absuelve a la agitadora valenciana del delito de descubrimiento y revelación de secretos

Una jueza condena a la ultra Cristina Seguí a 15 meses de cárcel por humillar a una niña víctima de violación

El pasado mes de julio, un juzgado de Valencia imponía una pena de 15 meses de prisión a la agitadora ultra Cristina Seguí por denigrar a una niña, víctima de una violación en grupo en la localidad valenciana de Burjassot, al difundir el vídeo que la menor grabó junto a varias amigas. Seguí insinuaba que la joven se había inventado la agresión.

Ahora, la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado la pena de 15 meses de prisión a la que fue condenada Seguí, que debía indemnizar a la víctima con 12.000 euros, por un delito contra la integridad moral, tal y como ha adelantado El Plural. Sin embargo, el tribunal ha estimado parcialmente el recurso de apelación y ha absuelto a la agitadora ultra del delito de descubrimiento y revelación de secretos, así como también ha declarado de oficio la mitad de las costas procesales, según la sentencia a la que ha tenido acceso elDiario.es.

La ultra acompañó el vídeo con un mensaje que, además de revelar la identidad de la menor, afirmaba que se había inventado una violación en grupo para ser famosa: “Está todo mal, no es una niña de 12 sino de 15 o 16, el sexo fue acordado y consentido y lo hicieron para hacerse famosas en TV gracias a medios de difusión como vosotros”, aseguraba.

Los jueces declaran probado que Seguí obtuvo el vídeo a través de la madre de un compañero de colegio de la joven y que lo difundió en Twitter “con la intención de menospreciar y denigrar a esas menores públicamente, cosa que consiguió”. Lo consiguió porque la víctima “vio agravada la situación psicológica sufrida por la referida agresión sexual”. Cristina Seguí, dice la sentencia, “estaba en su derecho de no creerlo”, afirma, pero no de “denigrar a quien decía ser víctima de él, ni de criticar públicamente con intención degradante los comentarios de las menores”.

El pasado 21 de diciembre, el Tribunal Supremo rechazaba el último recurso que Seguí presentó contra su condena por difamar al exministro José Luis Ábalos en la red social Twitter (ahora X) en 2021. Los jueces de lo Civil inadmitían en una providencia las alegaciones de la agitadora contra la sentencia de la Audiencia de Madrid que le impuso una condena de 6.000 euros por insultar varias veces a Ábalos o acusarlo de diversas irregularidades sin presentar ningún tipo de prueba. 

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