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Sala del TEPJF declara inexistente violencia de género de AMLO contra Xóchitl Gálvez

En una tercera revisión por insistencia de la Sala Superior, la Sala Especializada del Tribunal Electoral finalmente determinó concluir que el ex presidente Andrés Manuel López Obradorno cometió violencia política de género en contra de la ex candidata presidencial, Xóchitl Gálvez, a pesar de que en dos ocasiones había determinado lo contrario.Después de más de medio año de suspenso tras decisiones contrarias y la insistencia de la mayoría de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por ordenar nuevas revisiones ante las conclusiones que confirmaban violencia política de género en contra de Xóchitl Gálvezpor parte de López Obrador, finalmente la Sala Especializada cambió sus sentencias previas y se apegó a los criterios de la mayoría de las magistraturas de última instancia, para concluir que las críticas de las mañaneras sólo fueron libertad de expresión.El 21 de agosto, la magistrada Janine Otálora presentó un proyecto que concluía que de un paquete de ocho mañaneras, en al menos tres, el entonces presidente de la República sí había cometido violencia política de género, pero la mayoría de la Sala Superior lo rechazó.Ordenaron una nueva revisión a la Sala Especializada, que por segunda ocasión, volvió a confirmar violencia política de género. Sin embargo, en un nuevo proyecto ahora a cargo del magistrado Felipe Fuentes junto con el voto de Felipe de la Mata y Mónica Soto volvieron a insistir en que otra vez se revisara.Por lo que finalmente este viernes, apegados a los criterios del bloque mayoritario de la Sala Superior, en acatamiento, la Sala Especializada concluyó que no hubo violencia política en razón de género en los comentarios reiterados del expresidente respecto a que Xóchitl Gálvez obtuvo la candidatura presidencial por decisión de un grupo de hombres que buscaban “inflarla” por ser una mujer de pueblo.La sentencia concluyó que apegándose a los “parámetros de la Sala Superior”, se declaraba la “inexistencia de la violencia política en razón de género, respecto a las expresiones en las que el titular del Ejecutivo federal en diversas conferencias matutinas refirió que la denunciante recibió una candidatura por decisión de un grupo de personas con poder político, que la designaron para utilizar su imagen como mujer de pueblo y que con ello pretendían causar simpatía en el electorado”.Y que los comentarios de López Obrador “fueron una crítica sobre dicho proceso de designación y no referencias personas ni de género de la denunciante”.Sin embargo, la magistrada en funciones, Mónica Lozano, anunció un voto concurrente pues aunque su voto sería a favor por acatamiento, explicaría que a su juicio, varias expresiones de López Obrador sí constituyeron violencia de género.Desde mi punto de vista sí se acreditan en algunas de las conferencias que se analizaron la violencia apolítica de género. En el análisis del proyecto sobre la simetría del poder, lo que plantea es que no hay una relación jerárquica entre los cargos porque uno es del Poder Legislativo y otro del Poder Ejecutivo, y desde mi punto de vista, es una interpretación muy formal de la simetría de poder.“Y desde un análisis contextual, me parece que la figura presidencial tiene una relevancia y un impacto social diferente respecto a una senaduría. Y cuando un cargo es más alto, la responsabilidad e la mesura es más relevante y a eso le sumamos el alcance de la difusión delas conferencias matutinas, lo reiterado de los comentarios y la difusión en redes sociales”.La magistrada agregó que con los criterios establecidos en casos similares previos, “sí hay una invisibilización porque se le pone detrás de hombres poderosos y que tienen las decisiones, da la idea de que ella obedece”, por lo que, consideró que “desde mi punto de vista, algunas de las frases sí sobrepasan los límites de tolerancia y de libre expresión en cuanto a nuestras obligaciones como parte del servicio público”.Este tercer análisis de la Sala Especializada podrá ser impugnado por Xóchitl Gálvez ante la Sala Superior para que se emita una sentencia definitiva.IOGE

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