Comité de Evaluación del Legislativo no detendrá proceso de elección judicial
El Comité de Evaluación del Poder Legislativo Federal indicó que no suspenderá el proceso de la elección judicial, pues "resulta jurídicamente imposible".En un comunicado, informó que la suspensión dictada por el juez Sergio Santamaría "es notoriamente improcedente e inatendible, porque viola los derechos políticos electorales a ser votados de los aspirantes que fueron registrados en tiempo y forma"."Esta decisión también trastoca los principios que rigen la materia electoral, es decir, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad, lo que representa un atentado a los derechos humanos de las personas participantes que tienen el derecho a ser votadas", añadió.La noche del martes los comités de evaluación de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial recibieron un acuerdo emitido por el Juzgado Primero de Distrito en el estado de Michoacán, en el que se ordena suspender actividades mientras se resuelve de fondo un juicio de amparo; de lo contrario, se dará vista a la Fiscalía General de la República (FGR) por desacato. "Se vincula a diversas autoridades al cumplimiento de las medidas cautelares. En consecuencia, como lo solicita la promovente, con apoyo en el artículo 158 de la Ley de Amparo, se vincula a los integrantes de los Comités de Evaluación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, al cumplimiento de las medidas cautelares decretadas en este incidente de suspensión”, indica el acuerdo.El Juzgado Federal otorgó 48 horas a los tres comités para acatar la medida cautelar yadvirtió que se impondrá a cada persona integrante una multa de mil Unidades de Medida y Actualización, equivalente a 107 mil 570 pesos.Por esta razón, el Comité del Poder Judicial decidió suspender,en el ámbito de sus atribuciones, la continuación del desarrollo del proceso electoral extraordinario para la elección de jueces, magistrados y ministros.Sin embargo, el Ejecutivo y Legislativo determinaron lo contrario.Esta tarde, Arturo Zaldívar, integrante del Comité de Evaluación el Ejecutivo, señaló que se atendió lo que ha resuelto el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), sobre dichos comicios judiciales, por lo que no detendrían su proceso.De la misma forma, el Comité del Legislativomencionó que el artículo 99 de la Constitución señala que el Tribunal Electoral será la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación.También explicó que el artículo 41 establece que los procedimientos electorales no son susceptibles de suspenderse,"toda vez que son de orden público y de interés social, como también lo señala el artículo 496 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales".Asimismo, recordó que el Decreto por el que se reforma el primer párrafo de la fracción II del artículo 107 y se adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución, en materia de inimputabilidad de las adiciones o reformas, dispone que son improcedentes las controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad o juicios de amparo.“(Es) constitucionalmente inviable suspender los actos que se relacionan con el desarrollo de los procedimientos electorales a cargo del Senado de la República, el Instituto Nacional Electoral y otras autoridades competentes...En consecuencia, deben continuar con las etapas del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025."Esta Sala Superior determina que es la única autoridad competente para conocer de los escritos presentados por las partes promoventes, porque le corresponde en exclusiva la resolución de conflictos que se susciten en el marco del proceso electoral de personas juzgadoras sin que se advierta del marco jurídico que otro juez o tribunal tenga atribuciones para decidir en esa materia electoral”, señaló.Por esta razón, argumentó el comité, dicha resolución no puede ser desconocida por ninguna autoridad que intervenga en el proceso electoral.EHR