Cannabis y seguridad: la urgencia de regular
Este 20 de abril, la tradicional Marcha Cultiva Tus Derechos se realizó en Valparaíso. Por primera vez, el epicentro de esta movilización fue el Congreso Nacional. No es un gesto simbólico: es un mensaje directo al poder legislativo en un momento clave. Hoy, Chile enfrenta una oportunidad concreta para avanzar hacia una política de drogas más efectiva, más justa y más coherente con los desafíos de seguridad y salud pública que enfrentamos.
En enero de 2025 envié un oficio a la Corte Suprema solicitando información sobre personas imputadas, allanamientos y causas penales asociadas a la Ley 20.000. Dos semanas después, el máximo tribunal respondió con las siguientes cifras: durante el año 2024, 31 mil 048 personas fueron imputadas por delitos vinculados a la Ley de Drogas. De ese total, 759 lo fueron específicamente por cultivo de cannabis, mientras que 7 mil 549 fueron imputadas por tráfico ilícito de drogas y 12 mil 328 por microtráfico.
Nuestra larga experiencia con pacientes judicializados confirma que estas dos últimas categorías —tráfico y microtráfico— suelen ser utilizadas por el Ministerio Público para formalizar injustamente a usuarios que portan o cultivan para uso personal, medicinal o no.
De las 7 mil 549 imputaciones por tráfico, solo hubo 3 mil 328 sentencias, y en el caso de imputaciones por microtráfico, de 12 mil 328 imputados sólo se dictaron 6 mil 646 sentencias. Es decir, menos de la mitad de las personas imputadas llega a una condena o absolución. Aún más llamativo es que, solo en el microtráfico, más de un tercio de las sentencias (2 mil 402 casos) terminaron en sobreseimiento definitivo. Esto evidencia un uso excesivo y a veces infundado de las figuras penales, que termina afectando la vida de miles de personas, sin que hubiesen existido pruebas concluyentes, sobrecargando nuestro ya exigido sistema judicial.
Por otra parte, de las 759 imputaciones por cultivo del año 2024, se dictaron 479 sentencias, de las cuales 421 fueron condenatorias y solo 58 absolutorias. Alarmante número de condenas de personas solo por cultivar, considerando que si hubiese habido el más mínimo indicio de tráfico la imputación no habría sido por cultivo.
Esta realidad persiste a pesar del marco normativo vigente. La Ley 20.000, cuyo bien jurídico protegido es la salud pública, exceptúa de persecución el cultivo, tenencia y porte de cannabis para uso personal, exclusivo y próximo en el tiempo, y para un tratamiento médico. Pero es aquí donde aparece la discrecionalidad de fiscales y jueces. Detrás de cada cifra de detenciones y formalizaciones, hay historias humanas cargadas de miedo, injusticia y sufrimiento. La criminalización de usuarios de cannabis no es solo una cuestión legal o política: es una herida profunda que afecta la vida, la dignidad y la salud de miles de personas y sus familias en Chile.
Frente a esta alarmante situación, logramos que en la Ley 21.575, conocida como Ley AntiNarcos, promulgada en mayo del 2023, se explicita la protección para el cultivo medicinal de cannabis al consignar la receta médica como suficiente justificación. Esta norma fue refrendada por el Tribunal Constitucional en abril del 2023, con un contundente fallo positivo, en el que, además, se explicita que el cultivo de cannabis para uso personal (más allá del uso médico), tampoco es punible.
El problema, más que normativo, resulta ser político. Existiendo el marco legal mínimo necesario, no el ideal, el Estado ha fracasado en establecer criterios claros para fiscales y policías. La ausencia de protocolos ha generado una peligrosa zona gris en la que se siguen practicando allanamientos y detenciones arbitrarias, vulnerando derechos fundamentales de personas que no representan ninguna amenaza para la seguridad pública.
En este contexto, la regulación del acceso al uso adulto del cannabis —proyecto que presentamos como Bancada Transversal Regulación por la Paz— busca avanzar en establecer reglas claras, separar a usuarios del circuito criminal, reducir la carga del sistema penal y debilitar el negocio del narcotráfico. El modelo se inspira en experiencias internacionales como la de Alemania, país que desde abril del 2024 autoriza el cultivo personal y el funcionamiento de asociaciones reguladas. O como Uruguay, pionero en la legalización con enfoque de salud pública; o Estados Unidos, con 25 estados que han regulado el uso adulto del cannabis.
Regular disminuye el poder del mercado ilegal, mejora la trazabilidad, y permite invertir en prevención y tratamiento. Así lo han señalado tanto la OMS como la Global Commission on Drug Policy. La reciente declaración conjunta de la ONU (diciembre de 2024), firmada por más de 30 agencias, insta explícitamente a los Estados a avanzar en la despenalización del uso personal y a adoptar políticas centradas en salud y derechos humanos.
La evidencia internacional es clara: regular permite proteger poblaciones vulnerables, como niñas, niños y adolescentes. A un año de la legalización del uso adulto del cannabis, el consumo escolar se redujo casi a la mitad en Canadá.
Cuando hablamos de brindar certeza jurídica a un sector importante de la población, cercana al 20%, 3 millones ochocientas mil personas, no estamos frente a una demanda marginal. Se trata de un tema de Estado. Los adultos que cultivan cannabis —sea con fines terapéuticos o recreativos— no son delincuentes, por el contrario, ejercen sus derechos para no tener nunca que vincularse a redes delincuenciales. Y el Congreso tiene hoy la posibilidad de dar una señal clara en esa dirección. Pero también el Ejecutivo: ésta es una oportunidad para cumplir un compromiso adquirido en campaña por el Presidente Gabriel Boric, dando urgencia legislativa a un proyecto que permitirá terminar con la criminalización de los usuarios de cannabis.
Regular el acceso al cannabis es una herramienta concreta para mejorar la seguridad, recuperar el control sobre un mercado que hoy opera en la ilegalidad, y garantizar derechos básicos. Lo contrario es persistir en una política ineficaz, cara y profundamente injusta.