Un abogado da la lista enfermedades con la que te pueden conceder la pensión de incapacidad permanente: «Te voy a mostrar un listado»
La pensión de incapacidad permanente es una prestación que se dirige al trabajador que, una vez ha sido sometido tratamiento y ha sido dado de alta, presenta todavía impedimentos que disminuyen o anulan su capacidad laboral. Lo que pretende esta prestación, en su modalidad contributiva, es, tal y como recoge la Seguridad Social, « cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona, cuando estando afectada por un proceso patológico o traumático derivado de una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva ». Hay que tener en cuenta que poder recibir esta pensión de incapacidad permanente depende de varias cuestiones. Por un lado, se exige cierto grado de incapacidad y, por otro, es un tribunal médico quien estudia la situación y posteriormente se realiza la propuesta de incapacidad. El abogado conocido en redes sociales como 'Lawtips' subió un vídeo en el que mencionaba cuáles son las enfermedades que «dan pie a cobrar la pensión de incapacidad permanente». Sin embargo, como subrayan, hay que recordar que la Seguridad Social no tiene una lista oficial de enfermedades . «Te voy a mostrar un listado con las que comúnmente la están dando», asegura el letrado. Tener alguna enfermedad de la lista que aportan estos abogados no implica que se vaya a conceder la pensión de incapacidad permanente de carácter automático. Todo depende del grado en el que se sufra la patología, del tipo de trabajo que desarrolle el empleado y cómo la enfermedad influye en que no pueda desarrollar las funciones acordes a ese puesto o a cualquier otro. De hecho, muchos usuarios de la red social les han manifestado a ambos que tienen diagnosticada alguna de las enfermedades de la lista pero continúan trabajando. Además, otros se quejan de la tardanza que puede llevar el proceso hasta el reconocimiento total.