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Respetar la equidad en campaña fortalece la democracia

La reciente resolución del Tribunal Supremo de Elecciones (N.° 4190-E8-2025) refuerza la neutralidad institucional durante el periodo electoral. A partir de ahora, se prohíbe a entidades públicas difundir mensajes que exalten logros institucionales o utilicen la imagen de sus jerarcas desde la convocatoria hasta el día de las elecciones. Esta medida responde a estándares constitucionales e internacionales y a principios de gestión pública basados en la transparencia y la equidad.

La resolución se sustenta en el artículo 142 del Código Electoral y en pronunciamientos recientes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que advierten sobre el uso de recursos estatales para influir en la voluntad electoral. Además, combate la beligerancia política institucional; es decir, el uso del aparato estatal con fines de autopromoción, y promueve una administración pública moderna, en la que la función institucional prevalece sobre intereses partidarios.

Modelos similares existen en Francia, Alemania y Estados Unidos, donde se regula la comunicación oficial durante las elecciones para garantizar condiciones equitativas. La literatura en ciencia política también respalda este enfoque: autores como Sartori, Bobbio y Nino destacan que la transparencia, imparcialidad y ética en la gestión pública son esenciales para proteger la voluntad popular.

En suma, la resolución no impide la rendición de cuentas, sino que exige que esta sea objetiva y no electoralizada. Así, Costa Rica fortalece su institucionalidad democrática al alinear su práctica con buenas políticas de gestión pública.

¡Menos propaganda, más democracia!

ldpovedano@yahoo.com

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