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Interior no cree a una mujer rusa que dijo tener información sobre una base militar

  1. Interior denegó el asilo y la Audiencia Nacional confirmó la negativa
  2. De Armenia y Rusia a España: itinerario y llegada
  3. La solicitud formal de protección internacional presentada en 2018
  4. Los motivos alegados para pedir asilo en España
  5. Por qué la Audiencia Nacional desestimó el recurso
  6. La vía paralela en Ciudad Real: reconocimiento de protección por tratamiento médico
  7. El segundo recurso, desestimado tras obtener protección internacional

Interior denegó el asilo y la Audiencia Nacional confirmó la negativa

La solicitante de asilo ha recibido recientemente un segundo revés. La subsecretaria del Ministerio del Interior dictó en 2021 una resolución por la que le denegó el derecho de asilo en España. Tampoco le concedió protección subsidiaria.

La afectada presentó un recurso ante la Audiencia Nacional.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso recientemente.

En la sentencia consultada por Confidencial Digital se recogen los avatares que llevaron a esta mujer hasta España.

De Armenia y Rusia a España: itinerario y llegada

Había nacido en Armenia y tenía nacionalidad rusa. En noviembre de 2016 llegó a Barcelona procedente de Roma, pero de la segunda ciudad de España siguió viaje hasta París. Semanas después, regresó a nuestro país: concretamente, al municipio de Oliva, en la provincia de Valencia.

Desde finales de 2016 residió en España, cabe suponer que de manera ilegal, hasta que el 28 de abril de 2018 presentó una solicitud formal de protección internacional ante la Brigada Provincial de Extranjería de Barcelona, de la Policía Nacional.

La solicitud formal de protección internacional presentada en 2018

La solicitud fue admitida a trámite por el procedimiento de urgencia del artículo 25. 1. e) de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.

Los policías nacionales de la Brigada Provincial de Extranjería tomaron nota de los argumentos que esta mujer esgrimió para pedir asilo en España. Algunas de esas razones fueron especialmente llamativas, fuera de lo común.

Los motivos alegados para pedir asilo en España

Trabajo en bases militares rusas y orden de búsqueda

“Entre 2009 y 2012 trabajó en una base militar en Rusia (en la ciudad de Onsk) y luego en una base de información militar con sede en Moscú hasta 2016, en cuya fecha renunció por problemas de salud, no siéndole admitida”, recoge la sentencia.

La solicitante explicó que era “analista militar y economista”. También destacó que hablaba idiomas: ruso, inglés, francés y español.

Advirtió que las autoridades rusas habían cursado una orden de búsqueda y captura contra ella, por no haber regresado a su puesto de trabajo, se entiende que en esa base de información militar en Moscú.

Le ofrecieron la opción de reintegrarse en su puesto de trabajo y concluir su relación laboral, “o pagar una multa de 3.000.000 rublos, que acabó abonando su madre”.

Imposibilidad de regresar a Rusia o Armenia

Para convencer al Ministerio del Interior de que le permitieran quedarse en España en virtud del derecho de asilo o de protección subsidiaria, alegó que no podía regresar a Rusia.

Era el año 2018, Rusia ya había anexionado Crimea y los separatistas prorrusos controlaban parte del este de Ucrania, pero Rusia aún no había lanzado la invasión total de Ucrania.

Aún así, ella argumentó que en Rusia “son mal vistos los europeos”. También declaró que si la mandaban de vuelta a Rusia podía ser detenida en cualquier momento, dada la información que tenía de la base militar.

Pero tampoco podía volver a Armenia, su país de origen, “donde la situación es muy complicada” y tendría problemas por ostentar la nacionalidad rusa.

Violencia de género en Francia y España

Ante los policías de la Brigada de Extranjería relató otras circunstancias de su vida. Contó que en 2016 inició una relación sentimental, en París, con un chico francés al que había conocido en Facebook.

“Al principio de la relación todo iba bien, pero luego comenzaron las discusiones, siendo incluso agredida físicamente”, recogió la solicitud de asilo.

En diciembre de 2016 la pareja se trasladó a Oliva, como ya se ha contado, porque el hombre francés había recibido una oferta de empleo. Allí en Valencia “las agresiones continuaron por lo que [la mujer rusa] se vio en la necesidad de denunciarlo”.

Denunció a su pareja en la comisaría de Policía de Oliva. Retiró la denuncia tras reconciliarse con el agresor, y el Juzgado de Violencia contra la Mujer nº 1 de Gandía dictó un auto de sobreseimiento provisional de la denuncia.

“Aunque acabó retirando la denuncia, optó por romper la relación y marcharse a vivir a otra localidad compartiendo piso”.

Testigo de Jehová y trastorno bipolar

Al pedir asilo ante la Policía Nacional la mujer destacó que era víctima de violencia de género. También aportó otros argumentos:

-- Que es testigo de Jehová, religión cuya práctica ha sido prohibida en Rusia.

-- Que está siendo tratada de trastorno bipolar y en Rusia se persigue a las personas enfermas, por lo que entiende es acreedora de autorización temporal por razones humanitarias.

Por qué la Audiencia Nacional desestimó el recurso

Cuando los magistrados de la Audiencia Nacional analizaron el recurso, llegaron a la misma conclusión que el Ministerio del Interior: “Las alegaciones de la actora carecen de fundamento”.

Como a Interior, a los jueces no les convenció el relato sobre el supuesto pasado de esa mujer rusa trabajando como “analista militar” en bases de las fuerzas armadas de Rusia.

No consideraron atendible las razones “de que en Rusia -país de su nacionalidad- tienen odio a los europeos o la de que posee mucha información de la base militar donde trabajaba, por ser meras consideraciones subjetivas, no avaladas por datos objetivos ni mucho menos acreditadas”.

Los motivos sobre la violencia de género, como sucedieron en España y en Francia “no pueden avalar la protección internacional al no haber ocurrido en su país de origen”.

La Audiencia Nacional tuvo también cuenta que esta mujer rusa había llegado a España en diciembre de 2016, pero no presentó la solicitud de asilo hasta 2018.

De acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo, la sentencia estableció que esa demora en pedir asiloresta credibilidad a la necesidad de protección, ya que la inmediatez es elemento clave para valorar la situación de riesgo en que se encuentra el solicitante”.

Los jueces también avalaron la decisión del Ministerio del Interior en el sentido de que “no hay datos alguno que evidencie persecución, maltrato, extorsión... en el país de nacionalidad” de la mujer, Rusia, “previa a la llegada de la recurrente a España”. Sólo existía un “vago” temor a futuras represalias caso de que retorne al país de nacionalidad.

Para poder admitir la solicitud de asilo tendría que enfrentarse a amenazas graves, “por existir en el país de origen una situación de conflicto internacional o interno que genere una violencia indiscriminada motivadora de tales amenazas, lo que no es el caso de Rusia”.

La vía paralela en Ciudad Real: reconocimiento de protección por tratamiento médico

Resulta que en este caso la mujer presentó en paralelo otra solicitud de asilo y protección internacional ante la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real. Se la denegaron en noviembre de 2022, pero en ese caso logró revocar la negativa en los tribunales.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Ciudad Real le reconoció el derecho a la protección internacional “al haber sido diagnosticada la interesada de una enfermedad, de la que se viene tratando desde 2018 y que la medicación que necesita no está disponible en Rusia”.

Recibía tratamiento por trastorno afectivo bipolar.

El segundo recurso, desestimado tras obtener protección internacional

Como ya logró que la justicia ordenara concederle protección internacional por su situación de vulnerabilidad derivada del trastorno psico-afectivo por bipolaridad y por que el traslado a su país determinaría -cuanto menos- la imposibilidad de seguir el tratamiento pautado en España, la Audiencia Nacional desestimó el segundo recurso.

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