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Estos cuatro feriados de 2026 caerán en fin de semana y así se aplicarán según la ley

Los días feriados forman parte de la organización laboral y familiar de miles de personas en Costa Rica, por lo que conocer con anticipación cómo se aplicarán resulta clave para planificar trabajo, descanso y finanzas personales.

Para el 2026, la legislación laboral ya define las reglas que regirán estas fechas, tanto en su disfrute como en su pago, según lo establecido en el Código de Trabajo.

Los feriados de 2026 en Costa Rica se mantendrán sin traslado, por lo que cada conmemoración se disfrutará en la fecha exacta establecida por ley, incluso cuando coincida con sábado o domingo. Así lo establece la normativa vigente, según lo explicado por Cristhian Monge, socio de la firma BDS Asesores.

Según la legislación aplicable, no existe disposición legal que autorice el traslado de feriados hacia otros días de la semana durante el próximo año. Esto implica que no se aplicará el esquema de movilidad que en años anteriores permitió trasladar algunos descansos para fomentar el turismo interno.

Durante 2026, los días feriados continuarán rigiéndose por el Código de Trabajo, el cual define estas fechas como no laborables, salvo las excepciones contempladas para determinadas actividades y modalidades de pago. La medida incide directamente en la planificación laboral y financiera de personas trabajadoras y empresas.

En cuanto al pago de los feriados, el artículo 148 del Código de Trabajo distingue entre feriados de pago obligatorio y no obligatorio, según la actividad económica y la modalidad de remuneración. En empresas con pago semanal y actividad no comercial, el feriado debe pagarse como día sencillo adicional, y en caso de laborarse, corresponde el pago doble.

Para quienes reciben salario mensual, quincenal o semanal en actividades comerciales, el pago del feriado ya se encuentra incluido en el salario. No obstante, si la persona trabaja ese día, debe recibir un pago adicional equivalente a un día sencillo para completar el pago doble exigido por ley.

La normativa también establece que no procede el descanso compensatorio cuando el feriado coincide con el día de descanso semanal, independientemente de si la persona trabaja o no durante esa jornada. Esta condición aplica de forma general a todas las personas trabajadoras.

En el caso de los feriados de pago no obligatorio, las personas con salario mensual no reciben ajustes adicionales si disfrutan el día libre. Sin embargo, si laboran, deben recibir el pago doble. Para quienes trabajan por hora, día o semana en actividades no comerciales, el salario solo cubre el tiempo efectivamente laborado, por lo que no se paga el feriado si no se trabaja.

Estas reglas resultan clave para la planificación laboral de 2026, tanto para empleadores como para personas trabajadoras, especialmente en sectores donde la operación durante feriados es habitual. Conocer con anticipación estas condiciones permite evitar errores en pagos y en la gestión de jornadas.

Feriados con su fecha y pago en 2026

  • Año Nuevo: jueves 1.° de enero. Pago obligatorio.
  • Jueves Santo: jueves 2 de abril. Pago obligatorio.
  • Viernes Santo: viernes 3 de abril. Pago obligatorio.
  • Día de Juan Santamaría: sábado 11 de abril. Pago obligatorio.
  • Día del Trabajador: viernes 1.° de mayo. Pago obligatorio.
  • Anexión del Partido de Nicoya: sábado 25 de julio. Pago obligatorio.
  • Virgen de los Ángeles: domingo 2 de agosto. Pago no obligatorio.
  • Día de la Madre: sábado 15 de agosto. Pago obligatorio.
  • Día de la Persona Negra y Cultura Afrocostarricense: lunes 31 de agosto. Pago no obligatorio.
  • Independencia de Costa Rica: martes 15 de setiembre. Pago obligatorio.
  • Abolición del Ejército: martes 1.° de diciembre. Pago obligatorio.
  • Navidad: viernes 25 de diciembre. Pago obligatorio.

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