El Supremo mantiene en prisión a Ábalos y Koldo García por riesgo de fuga
El Tribunal Supremo mantiene en prisión provisional al exministro de Transportes, José Luis Ábalos, y a su asesor Koldo García apreciando riesgo de fuga por las penas solicitadas para ambos por las acusaciones, la solidez de los indicios que las sustentan y la inminencia de la celebración del juicio oral contra ambos. En dos autos, los magistrados de la Sala de lo Penal han descartado los recursos de apelación de ambos acusados contra la decisión del magistrado instructor Leopoldo Puente de enviarles a la cárcel de manera preventiva el 27 de noviembre. Los magistrados Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Pablo Llarena, en la línea de lo solicitado tanto por Anticorrupción como por las acusaciones particulares, aglutinadas por el Partido Popular, descartan los recursos del político y su mano derecha, acusados de recibir sobornos del comisionista Víctor de Aldama a cambio de entregar contratos para traer material sanitario a España durante la pandemia por 53 millones a la compañía a la que representaba, Soluciones de Gestión. Respecto a Ábalos, que se enfrenta a una petición de 24 años de prisión por los delitos de organización criminal, malversación, cohecho y tráfico de influencias, la Sala concluye que "además del considerable caudal de indicios de criminalidad ya existentes en octubre de 2025, lo que ha determinado finalmente la adopción de la medida cautelar de prisión preventiva es, primero, que la gravedad de la pena que pudiera imponérsele al investigado ya no es una posibilidad más o menos cercana sino una realidad: existe una acusación por concretos delitos sustentados en un preciso relato de hechos por los que la Fiscalía, también las acusaciones populares, solicitan elevadas penas de prisión; y, segundo, que aparece como inminente la celebración del correspondiente juicio oral". Sobre Koldo García, para el que el Ministerio Público pide 19 años y medio de cárcel y cuya defensa alegó que no había hechos nuevos para enviarle a prisión más allá del procesamiento, así como aludió a su poca capacidad financiera, los magistrados contestan que "ciertamente no hay datos exteriores aflorados de una situación financiera boyante. Pero eso tampoco ofrece seguridad de sujeción al proceso. La conducta atribuida al acusado da cuenta de su capacidad de obtener favores. No es de excluir que pueda recabar apoyos de terceros interesados en prestarle ese auxilio". "La praxis, también la de este Tribunal, ofrece muestras de personas fugadas sin que la amenaza de una extradición se erija en dique suficiente de contención. Y también la praxis ofrece ejemplos de muchos procesos que no son objeto de atención mediática alguna en que uno o varios investigados permanecen en prisión con arreglo a los mismos criterios que presiden esta resolución. Hay razones para mantener esta cautela y asegurar el próximo enjuiciamiento, con la seguridad, además, de que esa situación interina no podrá prolongarse en exceso", afirman en referencia a que el juicio se celebrará, previsiblemente, en abril.