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Jorge del Castillo y Carla García continúan en carrera: JEE declara infundada tacha contra lista de senadores del APRA

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 declaró infundada la tacha interpuesta por el ciudadano Edwin Briceño Fuentes contra la lista de candidatos al Senado del Partido Aprista Peruano (APRA). Con esta decisión, figuras políticas como Jorge del Castillo y Carla García aseguran su permanencia en el proceso electoral con miras a las Elecciones Generales 2026, al ratificarse la legalidad de su inscripción.

El cuestionamiento presentado por el tachante se centró en supuestas irregularidades dentro del proceso de democracia interna del partido. Según se especifica, el APRA habría vulnerado sus propios estatutos y la Ley de Organizaciones Políticas al no respetar el orden de los resultados de las elecciones primarias y al incluir designaciones directas que, a su juicio, desplazaban a candidatos con mayor votación. Asimismo, se cuestionó la validez de las sesiones de la Comisión Política Nacional donde se definieron las ubicaciones finales de la lista.

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Decisión del JEE Lima Centro 2

Tras analizar los descargos presentados por la personera legal del partido, Estefanía Huaman Ojeda, el JEE determinó que la agrupación actuó bajo el amparo de la normativa vigente. El tribunal electoral aclaró que los partidos políticos tienen la facultad legal de designar directamente hasta un 20% de su lista de candidatos.

Además, precisó que los ajustes realizados en el orden de la lista fueron necesarios para cumplir con los mandatos de paridad y alternancia de género, un requisito indispensable para la admisión de cualquier lista electoral.

Finalmente, la resolución subraya que no se acreditaron vicios de nulidad en las sesiones internas del partido, validando así la conformación de la plancha senatorial de la estrella. Al declararse infundada la tacha, el JEE ordena continuar con el trámite correspondiente para la inscripción definitiva de la lista, permitiendo que el APRA retorne a la contienda nacional tras haber superado este obstáculo legal en las instancias electorales.

Lo que sigue

El ciudadano tachante aún tiene tres días hábiles desde que se emitió la resolución para presentar una apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). De proceder, esta instancia tendrá la última palabra.

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