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Condenado por pegar fotos de su expareja desnuda en el colegio de sus hijos, bares y otros lugares de Sevilla

Abc.es 

Los dos protagonistas de esta historia mantuvieron una relación sentimental hasta agosto de 2020, en plena pandemia de coronavirus . Durante el confinamiento, ella le enviaba fotos de carácter íntimo a su novio a través de la aplicación de WhatsApp . Sin embargo, una vez rota la pareja, el varón comenzó a amenazarla con publicar esas «fotos muy bonitas». Y así lo hizo. Pegó esas fotos en bares y otros comercios de Sevilla, así como en la puerta del colegio de los hijos de ella . Un juzgado de lo Penal de la capital lo ha condenado. No es la primera sentencia en su contra que pesa sobre este individuo y por hecho similares. «En la madrugada del 21 de diciembre de 2020 , el acusado colocó varias fotografías de su expareja de carácter íntimo en las que aparecía desnuda y semidesnuda en las puertas de diversos establecimientos frecuentados por la misma, todos ellos en Sevilla». Así se recoge en los hechos probados de la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla, a la que ha tenido acceso ABC. Entre estos lugares están varios bares, en las puertas del colegio al que asisten los hijos de ella, en la puerta del bloque donde reside la perjudicada y en una óptica de la misma calle. La versión de él Dichas fotografías las había enviado la mujer al acusado cuando mantenían la relación de pareja a través de WhatsApp, «sin que le hubiese autorizado en ningún caso para difundirlas o mostrarlas a terceros». Por estos hechos, el Juzgado de Violencia sobre la mujer número 4 de Sevilla dictó un auto el mismo 22 de diciembre imponiendo al acusado una medida cautelar de alejamiento. El acusado, en el juicio, negó haber difundido las fotos y negó, igualmente, que ella se las enviara, «y mucho menos las que aparecieron en distintos lugares de las inmediaciones del domicilio de ella». Sin embargo, el juez en su fallo señala que « el tono de las conversaciones mantenidas por acusado y denunciante a través de WhatsApp y los mensajes enviados desvelan sin lugar a dudas que se intercambiaron fotografías de contenido íntimo y sexual , como las difundidas», por lo que de esta manera se desmiente la versión del condenado «de una manera rotunda». La defensa del acusado alegó que esos mensajes fueron creados por ella a través de «artificios informáticos». Una vez finalizada la relación entre los dos, constan mensajes «amenazantes», en los que él advierte a la víctima de que dispone de «fotos muy bonitas» y que puede hacer que «la gente de la denunciante y del mundo del flamenco» se entere de «la clase de tía que es» , se indica en la sentencia. El acusado, en su estrategia de defensa, explicó que se refería a que tenía fotos de ellos dos juntos y no a difundir fotos íntimas y sexuales, «pero su versión es poco creíble », según el Juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla. Tampoco quedó acreditado que ella tuviera relación con otra persona con motivos para difundir fotos íntimas, ni que hubiera podido tener acceso a las mismas. Dos condenas El acusado ha sido condenado por un delito de descubrimiento y revelación de secretos a nueve meses de prisión y dos años de prohibición de aproximación a menos de 300 metros de ella, su casa, trabajo o cualquier otro lugar donde se encuentre, así como a comunicar con ella. La acusación particular, que ha ejercido el abogado Gabriel Valpuesta, expuso que estos hechos provocó «cierta angustia» en su clienta al afectar a su esfera personal e íntima, así como a su prestigio y estima social. Por ello solicitó una indemnización por daño moral. Ante esto, el juez ha fijado al condenado pagar una indemnización de cinco mil euros. Este fallo, sobre el que cabe recurso, no es el primero que recae en este individuo y por hechos similares. El Juzgado de lo Penal número 11 de Sevilla condenó en junio de 2013 por un delito de descubrimiento de secretos por hechos similares que ocurrieron en julio de 2019.

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