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El aviso del SEPE a quienes cobren el subsidio por desempleo para mayores de 52 años que no cumplan estos requisitos

Abc.es 

Estar en situación de desempleo es algo que puede ocurrirle a cualquier persona hoy en día. Desde los más jóvenes que no consiguen encontrar su oportunidad laboral , hasta quienes cuentan con experiencia pero su empresa ha decidido prescindir de sus servicios, entre otros ejemplos de casos por los que alguien no tiene trabajo . Todo aquel que esté desempleado suele apuntarse al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) como demandante de trabajo, gracias a lo cual se puede acceder a algunos beneficios o ayudas , como recibir la prestación por desempleo, conocida como paro, o entrar en programas de formación u orientación laboral. Noticias Relacionadas video-noticia No Yolanda Díaz: Ustedes deciden si quien recibe un subsidio por desempleo percibe 480 o 570 euros EFE estandar No Subida del SMI: cuánto sube, cuándo entra en vigor y a quién afecta Virginia López Esplá Así, muchos españoles y españolas recurren a estos servicios con el fin de conseguir un trabajo lo antes posible, mientras se está recibiendo cierta retribución económica , que depende de varios factores como los años trabajados o la cotización de cada persona. Además, no solo basta con pedir esta ayuda, sino que también se deben de cumplir algunos requisitos y hoy te hablamos de uno del que avisa el SEPE por ser de los más desconocidos. La extinción de la prestación, la máxima sanción Al acceder a las prestaciones por desempleo, donde se incluye el subsidio para mayores de 52 años , el SEPE explica que hay obligaciones que cumplir como demandante y beneficiario. Estas pasan por «buscar activamente empleo y cumplir las exigencias del acuerdo de actividad que se incluye en la solicitud de su prestación». Así, sería obligatorio «aceptar colocaciones adecuadas y participar en acciones que aumenten sus posibilidades de colocación (la formación profesional entre ellas)». Esto quiere decir que si estás recibiendo el subsidio por desempleo y rechazas una oferta de trabajo o un curso de formación sin justificación válida, se procederá a sancionar al benficiario. El incumplimiento de estos requisitos y obligaciones «está considerado como infracción grave de las personas beneficiarias y solicitantes de prestaciones. Dicha infracción se sanciona con la pérdida de la prestación tres meses la primera vez, seis meses si se reincide una segunda vez y con la extinción de la prestación si hay una tercera vez». Cabe recordar que la cuantía del subsidio por desempleo para mayores de 52 años se corresponde con el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 480 euros mensuales en la actualidad . Además, si la ayuda se recibe porque la persona se ha quedado sin empleo, la cuantía se percibe con proporción a las horas que se trabajaron según el último contrato laboral.

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