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La Justicia europea rechaza que se indemnice a los pasajeros de vuelos atrasados que no tomen el avión o que compren otro billete

Abc.es 
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado este jueves que no tiene derecho a indemnización por retraso de más de tres horas de un vuelo un pasajero que decide no tomarlo, dada la demora, o que adquiere otros billetes para un trayecto distinto y llega con menos de esas tres horas de retraso. Así lo ha sentenciado el tribunal con sede en Luxemburgo en respuesta a la pregunta de un órgano de justicia alemán que cuestionó si en el supuesto de que se anuncie que un vuelo va a sufrir un retraso de al menos tres horas, un pasajero aéreo tiene derecho a la compensación de 250 euros propia de estos casos, si no se ha presentado a facturación o si ha reservado, por iniciativa propia, un vuelo alternativo que le ha permitido llegar a su destino final con un retraso inferior a tres horas. En este caso, los pasajeros alegaron que no tomaron el vuelo para poder llegar en hora a una cita profesional. La Justicia europea sostiene que esta compensación se lleva a cabo por haberse dado «una pérdida de tiempo irreversible, igual o superior a tres horas». Sin embargo, apunta, un pasajero que decide no embarcar y «no se ha desplazado al aeropuerto», «en principio no ha sufrido dicha pérdida de tiempo». Noticia Relacionada estandar No Bruselas encuentra riesgos para la competencia en la fusión de Iberia y Air Europa Antonio Ramírez Cerezo La investigación de la Comisión Europea entra en su segunda fase y podría dilatarse hasta junio «La finalidad de este reglamento es compensar los perjuicios que son prácticamente idénticos para todos los pasajeros afectados», subraya la sentencia del TJUE. En ella se considera que el no haber podido asistir a una cita profesional debe considerarse un un asunto individual, y «solo puede ser objeto de una compensación suplementaria». Respecto a los pasajeros que adquirieron otros billetes y llegaron a su destino con menos de tres horas de retraso con respecto al horario del vuelo inicial, el TJUE señala que tampoco han sufrido una pérdida de tiempo que dé derecho a la compensación. Al cobrarse la compensación por 'molestias graves', la sentencia incide en que la iniciativa propia de comprar otros vuelos no puede considerarse como tal.

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