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¿Vuelve la Ley de Alquileres? La advertencia de una organización que podría impactar en el mercado

¿Vuelve la Ley de Alquileres? La advertencia de una organización que podría impactar en el mercado

Una ONG de inmuebles anticipó qué podría pasar en caso de que la Justicia o el Congreso volteen el mega DNU 70 impulsado por el Gobierno nacional.

La ONG Inquilinos Agrupados advirtió el jueves los riesgos que se desarrollarían en el plano inmobiliario ante las chances de que la Justicia o el Congreso declaren anticonstitucional el DNU N° 70 impulsado por el Gobierno nacional en diciembre 2024 y que suspendió la normativa vigente. 

Ante la problemática de escasez de oferta y el ritmo desigual respecto a la inflación, muchos propietarios apostaron por dolarizar los precios a partir de la suspensión de la normativa. 

Alquileres: ¿Qué pasará con la antigua ley?

La ONG que impulsó la normativa hoy suspendida reveló en un comunicado qué podría pasar en caso de derogarse el mega DNU N° 70.

"Si el DNU cae en la justicia o en el Congreso por su inconstitucionalidad, automáticamente entra en vigencia la Ley de Alquileres", explicó el texto difundido en las redes sociales, al tiempo que añadió: "Todos los contratos firmados bajo el DNU podrían judicializarse para adecuarse".

¿Cuáles son las condiciones que establecen el DNU a diferencia de la antigua ley sobre los alquileres?

En decreto de diciembre se estableció que los términos y condiciones a la hora de ingresar a una vivienda se acuerdan de forma "libre" entre las partes, bajo la reglamentación del Código Civil y Comercial.  

La anulación judicial o legislativa del DNU de diciembre haría que vuelva a regir la Ley de Alquileres.

De esta forma, la normativa que dejó atrás el nuevo DNU, suprimió además la presentación de mecanismos de seguridad tales como título de propiedad inmueble; seguro de caución; aval bancario; garantía de fianza; fiador solidario o garantía personal del locatario, que se documenta con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente.

Las principales modificaciones se dieron en los contratos que se actualizan conforme la inflación, los pagos en divisa extranjera y la duración suele promediar entre dos o tres años.

Además, la ley de alquileres promulgada en 2022 estableció un plazo mínimo de 3 años para los arrendamientos y fijó tres condiciones básicas:

  • No se podía exigir el pago anticipado del alquiler por más de un mes;
  • Si se exigieran depósitos en garantía, deben ser devueltos al momento de restituir el inmueble,
  • Quedaba expresamente prohibido la firma de pagarés u otros documentos.

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