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Abogados señalan excesos en proyecto de ley para construir Ciudad Gobierno

Los abogados Christian Campos y Juan Carlos Pizarro, especialistas en Contratación Administrativa, señalaron excesos en el proyecto de interpretación auténtica (41.100) presentado por el gobierno con el fin de encargar al Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) la construcción de Ciudad Gobierno sobre terrenos públicos, por $450 millones, para, luego, pagar a este organismo el alquiler de los edificios durante 15 años.

Los profesionales señalaron que la interpretación auténtica presentada metería “un gol” para escoger contratistas a dedo en detrimento del control de los fondos públicos, además de que el texto crearía un ‘ornitorrinco’.

Si bien ambos coincidieron en la importancia de Ciudad Gobierno, advirtieron de que la iniciativa excede los alcances de la Ley General de Contratación Pública, porque da más importancia a realizar contrataciones expeditas que al control del dinero público.

El proyecto consiste en una interpretación del artículo 67 y 77 de dicha norma.

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El 67 es el que regula la compra y arrendamiento de bienes inmuebles por parte del Estado, mientras que el 77 establece las condiciones para un contrato arrendamiento financiero.

En esta última figura, el Estado pacta un alquiler que conlleva un financiamiento, en el sentido de que un desarrollador financia una obra a cambio de que la entidad pública luego pague una cuota con opción de compra durante un plazo en el que se amortice la inversión, intereses y rendimientos de capital. Para utilizar esta figura, la Administración debe obtener autorización.

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El Gobierno recurrió a presentar una interpretación auténtica de estos dos artículos después de que la Contraloría General de la República le señaló que el desarrollo de Ciudad Gobierno por parte del BCIE requería de autorización de la Asamblea Legislativa, por tratarse de un financiamiento internacional, además de que no era posible recurrir utilizar el artículo 67 si la obra se levantaría en terrenos públicos, como ocurre en este caso.

El plan de interpretación busca evitar la autorización fijada en el 77, además de permitir el uso de un procedimiento especial para contratar el desarrollo y arrendamiento de la obra sobre terrenos públicos al amparo del artículo 67.

Según el abogado Christian Campos a La Nación, el proyecto excede las posibilidades de interpretación que ofrece la Constitución Política. Para él, la interpretación planteada se trata de una forma indirecta de reformar el marco jurídico, para darle un alcance más allá del previsto.

“La interpretación auténtica es una interpretación del texto de la norma, no que usted le agregue alcances que no están previstos, como evidentemente está sucediendo. Por ejemplo, cuando interpretan el primer párrafo del artículo 67, dicen que la Administración tiene la potestad de seleccionar directamente al contratista, y usted se va a ver el 67 y eso por ningún lado lo dice la norma. Entonces ya ahí empezamos mal. Definitivamente, eso no es interpretación, es una forma indirecta de reformar la ley”, declaró el jurista.

Campos detalló que la ley actual permite que el Estado arriende o compre un bien inmueble, por ejemplo, cuando hay un edificio ya construido. Incluso, se puede comprar inmuebles que están en proceso de construcción. Lo que la ley no contempla es que el Estado compre un inmueble por construir y, de inmediato, seleccione a dedo al contratista que lo construirá.

“Nunca ha habido una autorización para dar un contrato y de una vez decir que contraten a este fulano, que es el que va a hacer la parte de anteproyecto, diseño y construcción. Así, cualquier banco podría venir y decir ‘ya tengo listo a todo mundo, deme el banderazo de salida, no hay concursos de nada, y arrancamos la construcción’”, ejemplificó el entrevistado.

Asimismo, el abogado destacó que la licitación es un principio básico de la contratación que se establece desde la Carta Magna, pero el proyecto del Ejecutivo permitiría evitar ese procedimiento.

“El principio de licitación, aunque tiene hay algunas excepciones, es un principio constitucional, sobre todo porque sabemos que, si hay concursos abiertos, transparentes y electrónicos, habrá competencia, rivalidad entre oferentes y se obtendrán los mejores precios. Esa es la intención última, no lo contrario”, destacó el jurista.

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Campos también criticó que el proyecto permita otorgar a terceros (en este caso, el BCIE) el derecho de uso de bienes públicos, pero que no establezca un límite de plazo.

“En su momento, un personero de Hacienda dijo que los bienes o lo que se estaba construyendo no regresaría al Estado al finalizar el contrato. ¿Cómo? En esas propiedades, están haciendo edificios para el Estado. Yo puedo arrendarlo 10, 20, 30 años, la ley habla incluso de 50 años, que es el tope, pero no puede estar esa indefinición. Hay que dejar claro que usted levanta la obra y hay un momento concreto en que esos edificios regresan a ser propiedad del país”, indicó el entrevistado.

Finalmente, Campos señaló que el proyecto trata de dar una solución concreta para construir Ciudad Gobierno, pero olvida que la Ley General de Contratación Pública no se creó para resolver temas específicos, sino para dar un marco general a las entidades públicos. Esto implica riesgos, ya que “deja la puerta abierta” para que otras entidades apliquen ese mecanismo.

El miércoles pasado, la contralora general de la República, Marta Acosta, declaró que otro proyecto presentado por el gobierno con este mismo fin (el 24.099), para reformar la Ley General de Contratación Pública, abriría la puerta para contratar obras públicas a dedo, sin acatar los controles legales y constitucionales vigentes y sin un concurso que garantice los mejores precios.

Juan Carlos Pizarro advierte un gol

El abogado Juan Carlos Pizarro expresó a La Nación que, desde su criterio, el Poder Ejecutivo intenta hacer un híbrido entre dos sistemas de arrendamiento diferentes: el arrendamiento financiero y el operativo.

Según explicó, en el arrendamiento financiero el Estado alquila con opción de compra, de manera que los pagos mensuales abonan al precio total; mientras que el arrendamiento operativo consiste simplemente en rentar para tener derecho de uso.

Agregó que, de acuerdo con las normas financieras internacionales (NIIF), el arrendamiento financiero es un préstamo (es deuda) y, por lo tanto tiene que ser aprobado por la Asamblea Legislativa. Sin embargo, para evitar esto, el Ejecutivo argumenta que a los arrendamientos financieros se le pueden aplicar las excepciones establecidas en el artículo 67, de manera que pueda evitar el paso por el Congreso.

“Eso puede lesionar el principio de control, que es de nivel constitucional, porque le permitiría al Ejecutivo decir a dedo que va tener un arrendamiento con equis empresa para que le construya una carretera. En el arrendamiento operativo, yo rento un bien que no es mío, pero si yo incluyo una cláusula para que después sea mío, estoy desnaturalizado la figura, hago un ornitorrinco, un híbrido que no está regulado y podría se contrario al principio de legalidad”, explicó el especialista.

Para el abogado, el Ejecutivo pretende aplicar a la instituciones públicas un principio exclusivo de las organizaciones privadas: que pueden hacer todo lo que la ley no les prohíba. Sin embargo, en el caso de los contratos públicos, prevalece el principio de legalidad: los entes públicos solamente pueden hacer aquello que la ley explícitamente les permite.

Pizarro dijo entender el punto de vista de la contralora Marta Acosta, ya que, aunque puede parecer rígida, ella tiene el mandato constitucional de fiscalizar el uso de los fondos del Estado, máxime cuando se trata de miles de millones de colones en obra pública.

“Yo entiendo la necesidad del Ejecutivo de que estos temas sean expeditos, pero no podemos sacrificar el control y la protección de los fondos públicos por hacer las cosas rápido, porque urgen. Me parece una reforma que es muy inteligente porque trata de meter un gol, es muy sutil”, afirmó el jurista.

En conclusión, el abogado señaló que el proyecto del gobierno va en detrimento del control de los fondos públicos. “Ya anteriormente hemos tropezado con la piedra de la urgencia, hemos hecho las cosas a la carrera y después estamos diciendo que se desperdició la plata”, finalizó.

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