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Ganancias: la medida clave de AFIP para la liquidación y devolución del impuesto

Luego de las advertencias sobre posibles deudas que realizaron los tributaristas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a cargo de Florencia Misrahi, tomó una decisión a último momento sobre la liquidación del impuesto a las Ganancias de 2023 que vencía a fines de marzo.

Mediante la Resolución General 5494/2024, que se publicó en la madrugada del martes en el Boletín Oficial, se extendió el plazo para completar el formulario 572 "SIRADIG Trabajador" hasta el martes 30 de abril de 2024, inclusive.

A su vez, el organismo determinó que los empleadores tendrán tiempo hasta el próximo 31 de mayo para realizar la liquidación y que la devolución del impuesto retenido en excesos se efectuará hasta el 10 de junio de 2024.

La medida fue celebrada por el Consejo Profesionales de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. "La AFIP dictó esta normativa (...) con la finalidad de otorgar seguridad jurídica a la liquidación del impuesto a las Ganancias 2023, modificada por sucesivos decretos que no cuentan con trámite parlamentario", destacaron en su cuenta de X.

En junio pasado, el ex ministro de economía Sergio Massa vía el Decreto 316/2023 subió el piso a $880.000 y luego en septiembre, en plena carrera presidencial, por el 473/2023 a $1.770.000. Los cuales no fueron ingresados al Congreso para que se ratifiquen.

"Durante el año pasado se utilizaron las escalas de los decretos que no están ratificados para calcular las retenciones. Por lo que, del impuesto, según lo que estable la ley, se retuvo de menos y se generó una diferencia que no se pagó a la AFIP", sostuvo anteriormente a El Cronista la socia de LFS Tax Florencia Fernández Sabella.

Una postura con la que coincide el contador Mario Goldman Rota quien sostuvo: "La RG confirma la tesitura de los decretos, y los consecuentes de la AFIP, que dispuso el cambio en la escala del impuesto retener, cuando no se tenía las facultades delegadas para hacerlo".

Con esta medida, se busca ganar tiempo hasta que se ratifiquen y que no se les generen deudas a los contribuyentes. "Se prorrogaron por un mes todos los plazos dada la complejidad y la ausencia de una reglamentación seria por parte del fisco", aseguró el socio de Ghirardotti & Ghirardotti, Mariano Ghirardotti.

Quien también declaró que hay una cuestión financiera detrás. Ya que con el traslado de la fecha se retrasan las devoluciones de retenciones, y con ello, el organismo evita una segunda disminución de los ingresos luego de la caída real del 11% en febrero.

El detalle del borrador

"Resulta necesario que este organismo implemente medidas acordes con los plazos parlamentarios para el dictado de las leyes, considerando, a su vez, su impacto en la liquidación anual de dicho tributo", destacaron en la RG.

En el proyecto para la creación del impuesto a los Ingresos Personales -reversión Ganancias-que presentó el Gobierno en enero pasado, mediante el artículo II, se buscaba la ratificación del Decreto N.º 415 y 473, como también de las normas dictadas en su consecuencia.

Los cambios en Ganancias figuran en último borrador del capítulo fiscal -artículo 94- con el que el Gobierno se encuentra en negociación con los bloques y los gobernadores a los fines de aprobación como garantía del Pacto de Mayo, pero sobre lo que aún no hay garantías.

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