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Aldama se queja de que los registros policiales han servido para el decomiso de sus bienes ilegalmente

Abc.es 
Víctor de Aldama, comisionista del denominado caso Koldo entre los investigados en la Audiencia Nacional por los contratos que los ministerios de Transportes e Interior suscribieron para traer material sanitario a España durante la pandemia por más de 53 millones de euros con la intermediación de Koldo García, exasesor del ministro José Luis Ábalos, reivindica ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que los investigadores han acordado el decomiso de parte de sus bienes, valorados en más de ocho millones de euros , de manera ilegal. La defensa de De Aldama, que ejerce José Antonio Choclán, sostiene ante el juez Ismael Moreno que dirige la investigación y ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que «el auto de entrada y registro no puede entenderse como título habilitante para el decomiso cautelar y prevenido en el artículo 127 'octies', que requiere de una resolución judicial específica que determine qué bienes pueden considerarse efectos de un delito y el importe de la ganancia que deba confiscarse anticipadamente, sin que esta determinación pueda quedar en manos de la polícai judicial». Así se lee en un escrito de apelación presentado por la representación de Aldama contra la decisión del juez, el pasado 13 de marzo, de no devolverle distintos vehículos de alta gama que le fueron requisados. El escrito, adelantado por 'El Confidencial' y al que accedió ABC, contiene unos argumentos de fondo que se repiten en cada recurso presentado en los últimos días, como el siguiente: «Además, como veremos, la aprehensión y depósito de los vehículos (decomiso cautelar) no puede ser adoptada como medida de aseguramiento civil, porque los delitos atribuidos en la práctica totalidad de resoluciones que acuerdan la adopción de medidas cautelares de naturaleza real, a saber, delitos de cohecho, organización criminal, tráfico de influencias y blanqueo de capitales, no generan responsabilidad civil y, en todo caso, concurrirán con otras muchas medidas cautelares adoptadas, sin que se haya determinado previamente el importe de la responsabilidad civil para su aseguramiento». «Exceso que debe ser reparado« La defensa de Aldama cuestiona la proporcionalidad de las medidas cautelares adoptadas por el juez Ismael Moreno a raíz de la apertura de la investigación, entre las que están el bloqueo de las cuentas y bienes del comisionista y la prohibición de hacer operaciones de compraventa con ellas. «Ninguno de los autos que acuerdan las medidas cautelares se refieren a la eventual comisión de un delito contra la Hacienda Pública, a excepción el que prevé la imposibilidad de vender , gravar o disponer de vehículos a motor. Por tanto, no hay razonamiento alguno sobre el aseguramiento de la eventual responsabilidad civil», afirma. Noticia Relacionada estandar No El listado de los principales investigados en el caso Koldo, uno a uno Isabel Vega y Adriana Cabezas Son 16 los principales investigados en esta trama que abarca desde un pelotazo de mascarillas a fajos de billetes que vuelan desde República Dominicana Destaca que la instrucción no ha concluido que todos los bienes bloqueados o decomisados (como es el caso de los vehículos) se hayan obtenido con los beneficios de las operaciones que están en el foco: «Parece evidente, por tanto, que el decomiso cautelar sólo podrá operar respecto de bienes que sean decomisables. Esto es, que sean efectos, instrumentos o ganancias del delito (artículo 127 del CP). No basta con que exista una indiciaria responsabilidad civil 'ex delicto' atribuida al investigado propietario de los bienes, sino que exige la Ley la potencialidad del comiso». El escrito consultado considera que las medidas de comiso adoptadas sobre bienes «adquiridos con posterioridad a los fechos atribuidos» constituyen un «exceso que debe ser reparado inmediatamente». Para la defensa de Aldama, que cuantifica en un valor actual cercano a los ocho millones de euros «solamente los inmuebles embargados a don Víctor de Aldama, su mujer y sus empresas», «las resoluciones judiciales dictadas para el aseguramiento económico del proceso no sólo no refieren en ningún momento a cuánto ascenderían las eventuales responsabilidades pecuniarias totales que se pretendían cubrir, sino que tampoco cuantifican el valor de los bienes sobre los que se han adoptado medidas cautelares. Bien entendido que el decomiso no puede acordarse respecto de bienes que, siendo adquiridos con anterioridad a los hechos investigados, no pueden ser tenidos como ganancia del delito».

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