Fallo pionero del Supremo: la muerte de una persona dependiente no impide a sus herederos percibir gastos adelantados
El Tribunal Supremo (TS) ha sentenciado que los herederos de una persona dependiente que muere sin que se apruebe el Programa Individual de Atención (PIA) pueden pedir que concluya el expediente de dicho programa para percibir la devolución de los gastos adelantados. En la sentencia, recogida por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo rechaza un recurso de la Junta de Andalucía y da la razón a la hija y tutora de una mujer con dependencia reconocida que murió sin que la Agencia de Asuntos Sociales y Dependencia andaluza aprobase la propuesta de PIA de ingreso en una res ...