La Audiencia Nacional absuelve a los miembros del clan de los Charlines acusados de blanqueo
La Audiencia Nacional ha absuelto por falta de pruebas a seis miembros de la familia Charlín a los que Antidroga sentó en el banquillo por blanqueo de capitales fruto del narcotráfico en operaciones desarrolladas entre el año 2000 y el 2010, igual que ha exonerado a los abogados y el empresario que fueron juzgados con ellos. Considera que «los hechos que se declaran probados no son constitutivos de delito alguno y otros distintos no se pueden extraer de material probatorio obrante en estas actuaciones». La sentencia, notificada este martes, es fruto del juicio desarrollado el pasado otoño contra los miembros de la familia María Teresa Charlin Pomares, Natalia Somoza Charlin, Josefa Charlin Pomares, Noemi Outon Charlin, Oscar Felipe Charlin Pomares y Francisco Melchor Charlin Pomares, que afrontaban penas de entre cuatro y seis años de prisión. Para el tribunal de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, la acusación de la Fiscalía Antidroga no encontró respaldo en las pruebas practicadas en el juicio, durante el que no quedó acreditado que las cinco operaciones económicas bajo sospecha fueran un lavado de dinero del narco. El tribunal, de paso, reprocha al Ministerio Público la falta de individualización de las conductas atribuidas a los acusados. «Parece entender el Ministerio Fiscal que todos ellos son como una unidad indisoluble en el reparto de la responsabilidad penal», dice la sentencia, que afea a Antidroga que parezca dar por hecho que todos los bienes de quien se apellida Charlín deban proceder del narcotráfico sólo porque algunos miembros de esta familia fueron condenados por delitos de esta índole. Noticia Relacionada AUDIENCIA NACIONAL estandar No La interminable batalla para despojar a los Charlines de su patrimonio millonario Jesús Hierro El más siciliano de los clanes gallegos vuelve a sentarse en el banquillo por blanqueo tras la muerte del patriarca tras 15 años de investigación En este procedimiento se enjuiciaron cinco supuestas operaciones de blanqueo de capitales, entre ellas la subasta de una depuradora de mariscos situada en Lugar de Grandin en la isla de Arosa, la adquisición de una planta de elaboración y transformación de productos del mar en China en los años 2000, 2008 y 2009, así como la apertura de cuentas corrientes en entidades bancarias suizas. Sobre la depuradora, el tribunal entiende que las pruebas testificales, periciales y documentales practicadas en el plenario « no lograron acreditar ni por asomo la veracidad de la tesis esgrimida por el Ministerio Fiscal, consistente en que el dinero invertido en esta operación procedía de la actividad ilícita de narcotráfico a la que dos de las acusadas se dedicaban, primordialmente, porque no tienen relación alguna con esta clase de delitos«. Eran Teresa Charlín y Natalia Somoza, ambas sin antecedentes penales. Sujeción a la legalidad «Destaca como común denominador la estricta sujeción de las mismas a las disposiciones legales, tanto de naturaleza procesal como notarial y las atinentes al registro mercantil», dice sobre las operaciones de adquisición de la depuradora. Para la Sala, no hay «ni un sólo indicio» de blanqueo de capitales aquí. Respecto de la planta en China, lo que refiere el tribunal es la falta de concreción en la acusación de la Fiscalía, que no especifica qué rol jugó cada acusado en la operación, es decir, llevó a enjuiciamiento estos hechos «sin el más mínimo atisbo de individualización» de los mismos. Y en todo caso, las pruebas practicadas le quitan la razón. Los magistrados también examinan la apertura de cuentas corrientes en entidades bancarias suizas y señalan que el fiscal, en sus escritos de conclusiones provisionales y conclusiones definitivas, no refleja «dato objetivo alguno capaz de sustentar la existencia de un delito de blanqueo de capitales procedente del tráfico de sustancias estupefacientes» atribuible a los acusados en esos movimientos de dinero.