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Ganancias: la medida clave que tomó AFIP en la previa y que hará si Diputados no aprueba el impuesto

Ganancias: la medida clave que tomó AFIP en la previa y que hará si Diputados no aprueba el impuesto

Antes del tratamiento en la Cámara baja del capítulo fiscal, el organismo prorrogó el plazo del formulario 572 "SIRADIG-Trabajador" para impedir que se generen deudas. La alternativa que baraja en caso de que se rechace la reversión de la reforma.

En la previa de la discusión de la Ley Bases y el capítulo fiscal en la Cámara de Diputados, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tomó una medida clave respecto al impuesto a las Ganancias a los fines de no generarle deudas a los contribuyentes por 2023. Pero ¿Qué hará en caso de que rechacen la reforma?

Por medio de la Resolución General 5519/2024, que se publicó en la madrugada de este jueves en el Boletín Oficial, el organismo que lidera Florencia Misrahi prorrogó hasta el próximo 15 de julio la presentación del formulario 572 "SIRADIG-Trabajador".

"Se realiza en beneficio de los trabajadores, ya que el paquete fiscal (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes) que se encuentra en trámite parlamentario, introduce una serie de beneficios que resultan aplicables a la liquidación del impuesto a las Ganancias del año pasado", destacaron en el comunicado.

Se trata de un movimiento que ya realizó la titular de la AFIP y que responde a la demora en el tratamiento del proyecto en el Congreso, pero cuya causa se debe a los decretos del exministro de Economía, Sergio Massa, que no fueron ratificados.

En plena campaña presidencial, Massa aumentó el monto a partir del cual se pagaba. "Durante el año pasado se utilizaron las escalas de los decretos que no estaban ratificados para calcular las retenciones. Por lo que, del impuesto, según lo que estable la ley, se retuvo de menos y se generó una diferencia que no se pagó a la AFIP", sostuvo anteriormente a El Cronista la socia de LFS Tax, Florencia Fernández Sabella.

Es esa diferencia la que la AFIP busca que no se le genere a los contribuyentes a la espera de la aprobación del capítulo fiscal, en especial del artículo 76, que establece: "Ratifícase, para las remuneraciones y/o haberes que se devengaron a partir del 1° de octubre de 2023 y hasta aquellas percibidas al 31 de diciembre de 2023, inclusive, el Decreto N° 473 del 12 de septiembre de 2023 y las normas dictadas en su consecuencia".

A pesar de los movimientos que realizó el Gobierno, y la presión de ciertos gobernadores, no está completamente seguro de que se logré insistir con la versión de Ganancias que obtuvo media sanción en la Cámara de baja frente al rechazo del Senado.

Deudas retroactivas por Ganancias

Ante a ese eventual escenario, en el organismo ya se planteó una alternativa para evitar las deudas. Fuentes internas revelaron a este medio que se baraja la posibilidad de que se compute lo que se retuvo en exceso durante el primer semestre como pago del año pasado.

La próxima semana, el 1º de julio, el piso del régimen cedular de 15 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), que desde enero se fijó en $ 2,3 millones, debería aumentar con base al valor que se encuentre vigente en ese momento (con el de mayo de $ 234.315,12, se iría a $ 3,5 millones).

Ajuste del salario mínimo vital y móvil

"Como el ajuste del SMVM va a hacer retroactivo a enero pasado, es posible que el dinero que el contribuyente tendría que ingresar por la deuda de 2023 se compense con la que la AFIP debe devolverle por el 2024", explicaron a este medio.

Una posibilidad sobre la que el socio de Ghirardotti & Ghirardotti, Mariano Ghirardotti realizó advertencias. "Si se toma esa decisión quedaría compensado, sería una alternativa de solución, aunque no para todos, porque si el contribuyente dejó de trabajar o se les redujo el salario debería devolver el dinero", comentó.

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