World News in Spanish

Rechazan ley que permitía a taxis por aplicativo eludir la fiscalización de la ATU: conoce las observaciones


                                 Rechazan ley que permitía a taxis por aplicativo eludir la fiscalización de la ATU: conoce las observaciones

Con esta nueva normativa, los colectivos informales pueden evitar la fiscalización de la ATU, argumentando que están ofreciendo un servicio a través de una aplicación y, por lo tanto, no están sujetos a ninguna regulación

El Ejecutivo ha observado la ley aprobada por el Congreso de la República que permitiría a las empresas de taxis por aplicativo evitar la fiscalización de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU). En su lugar, la norma sugiere que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital sean las entidades encargadas de las investigaciones. Diversos especialistas han advertido que esta normativa podría aumentar el desorden en las calles y poner en peligro a los pasajeros debido a la informalidad con la que operan algunos conductores.

El proyecto de ley establece que las empresas que administran las aplicaciones de transporte (Uber, Didi, InDrive, Cabify, entre otros), sean responsables de recopilar y mantener datos sobre los choferes, sus vehículos y el servicio brindado. Sin embargo, limita su responsabilidad únicamente al servicio de intermediación, eximiéndolas de cualquier responsabilidad por delitos cometidos por los conductores.

Actualmente, la ATU es la encargada de determinar las condiciones y requisitos para la prestación del servicio de taxi, contribuyendo así a su formalidad. No obstante, con la eliminación de esta regulación, cualquier persona podría ofrecer el servicio de taxi sin necesidad de autorización de un organismo técnico.

El texto de la ley, firmado por el congresista Eduardo Salhuana, presidente de la Comisión de Transportes, señala: "Para la aplicación de la presente Ley se deja sin efecto la disposición complementaria final segunda del Reglamento que regula la prestación del Servicio Público de Transporte Especial en la modalidad de Taxi en Lima y Callao, aprobado por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva 162-2023-ATU".

Observaciones del Ejecutivo

El Ejecutivo, mediante el Oficio N° 127-2024-PR, presentó diversas observaciones al proyecto de ley que busca regular a las “empresas administradoras de intermediación del servicio de transporte especial a través de plataformas tecnológicas”, señalando que esta afectaría directamente al servicio de transporte terrestre. Además, introduce el término “servicio privado de transporte especial” sin una definición clara, lo cual no está contemplado en la normativa vigente y requeriría modificar la Ley 27181, incluyendo su gestión y fiscalización. Conoce todas las observaciones en la siguiente lista:

  • Inexistencia del “servicio de taxi privado” en la normativa vigente: Este concepto no está contemplado en la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre (Ley 27181). Para su inclusión, sería necesario modificar esta ley y definir quién se encargará de su gestión y fiscalización.
  • Falta de especificación del régimen de autorización y fiscalización: La ley no detalla cómo se autorizará y fiscalizará el “servicio privado de transporte especial”, lo que implica que este servicio podría operar sin las mismas regulaciones que otros servicios de transporte.
  • No designación de autoridades competentes: La ley no asigna responsabilidades claras para la gestión y fiscalización del nuevo servicio, lo que generaría un vacío de autoridad y falta de control.
  • Eliminación de la obligación de contar con títulos habilitantes: La ley exime a los conductores de tener títulos habilitantes, que son necesarios según la Resolución de Presidencia Ejecutiva 162-2023-ATU, lo que podría llevar a una disminución de la calidad y seguridad del servicio.
  • Riesgo para la vida y salud de los usuarios: La falta de regulación y control puede comprometer la seguridad de los pasajeros, ya que no habría mecanismos adecuados para supervisar la calidad del servicio y las condiciones de los vehículos y conductores.
  • Fomento de la informalidad: Al no requerir títulos habilitantes y no especificar un régimen de fiscalización, la ley podría incentivar a más conductores a operar sin cumplir con las normativas vigentes, aumentando la informalidad en el sector.
  • Uso ineficiente de la infraestructura vial: La falta de control podría resultar en un uso desordenado y ineficiente de las vías, afectando la movilidad urbana y generando congestión.

Читайте на 123ru.net