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La Audiencia Nacional tumba una prórroga ilegal de García Castellón en Tsunami y deja en el aire la imputación de Puigdemont

La Audiencia Nacional tumba una prórroga ilegal de García Castellón en Tsunami y deja en el aire la imputación de Puigdemont

Nuevo varapalo de la Audiencia Nacional al juez Manuel García Castellón. Y de relevancia. La Sala de lo Penal del tribunal especial, encargada de revisar las decisiones del magistrado, ha anulado por ilegal una prórroga del caso Tsunami Democràtic que acordó el instructor en julio de 2021.

En un auto, la Sala de lo Penal ha estimado el recurso de la dirigente de ERC Marta Molina, representada por la abogada Marina Roig, y ha anulado toda la instrucción del caso desde julio de 2021, lo que deja en el aire la imputación de Puigdemont acordada en noviembre de 2023, coincidiendo con las negociaciones de la amnistía.

La polémica por los plazos de instrucción, que el PP rebajó a seis meses (ocasionando el archivo de varias causas de corrupción) y después el Gobierno liderado por el PSOE amplió a un año, apareció en el caso Tsunami porque, según varias defensas, el juez acordó un día más tarde de lo que le obligaba la ley la prórroga para investigar el caso.

Las defensas argumentaban que, tras la entrada en vigor de la reforma el 28 de julio de 2020, el juez García Castellón disponía de un año para investigar el caso Tsunami y, si no había terminado la fase de instrucción, debía prorrogarla antes del 29 de julio de 2021. Sin embargo, el auto que prorrogó la fase de instrucción se acordó el 30 de julio, un día más tarde de lo que, según las defensas, obligaba la ley.

Remarcaron las defensas que la cuestión de los plazos de instrucción es “relevante” en la tramitación de la causa en el Supremo, toda vez que está “ausente” en la exposición razonada que el juez Manuel García Castellón dirigió al Alto Tribunal para que investigase por terrorismo a Puigdemont.

La Sala de lo Penal no obliga al juez a archivar el caso, si bien la causa de Tsunami queda muy debilitada con esta decisión, en especial por los pocos indicios de los que disponía García Castellón en julio de 2021, fecha a partir de la que todo ha quedado anulado.

La Audiencia Nacional ha dado la razón a la abogad Marina Roig cuando señaló que la prórroga que dispuso el auto de 30 de julio de 2021 del juez instructor es “extemporánea”. El juzgado consideraba que el plazo de instrucción no llegó a expirar por el auto de 30 de julio de 2021 en el que acordó la prórroga y le “dio continuidad sin que se produjese interrupción alguna”. Sin embargo, para la Sala de lo Penal este razonamiento del instructor resulta contradictorio.

“No cabe sostener sin detrimento de la congruencia, que un plazo finaliza el 29 de julio de 2021 y también que no ha finalizado el día 30 siguiente. Aunque ambos hechos, la expiración y su prórroga sean cercanos – están separados por menos de 24 horas- es palmario que lo primero se había producido cuando se acordó lo segundo”, razona la Sala.

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