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Mercosur: cómo operar con los nuevos requisitos comerciales del bloque

Mercosur: cómo operar con los nuevos requisitos comerciales del bloque

Desde el 18 de julio entran en vigencia nuevos cambios que rigen sobre los productos comerciados en el Mercosur. La transición será de un año.

A partir del 18 de julio entran en vigencia los cambios en el régimen de origen del Mercosur. Entre los cambios se destacan las modificaciones en la duración de las certificaciones de origen, la suma de información de los exportadores y la ampliación de las fechas de emisión de los certificados respecto de la de realización de las ventas.

El régimen de origen (ROM) establece los requisitos y procedimientos para determinar si un producto puede tener o no el tratamiento preferencial, en especial el arancelario, establecido para los bienes creados en el Mercosur. El gran diferencial de este mecanismo es permitir el cumplimiento del ingreso de mercaderías sin el pago de impuestos a la importación.

"Puede dar más flexibilidad para que un producto sea considerado origen Mercosur, pero la menor participación del bloque en el comercio exterior argentino es un problema estructural y más profundo", dijo el directo de la consultora DNI y especialista en comercio exterior Marcelo Elizondo, quien remató: "El cambio es una buena decisión". 

Andrea Coscarello, vicepresidenta del Centro de Despachantes de Aduana, destacó que el cambio fundamental se da en los certificados de origen, el documento que certifica que el producto cumple con los requisitos necesarios para ser considerado de un estado miembro del Mercosur. 

Con el cambio implementado, los certificados pasan a tener vigencia por 12 meses y ya no por los 180 días previamente vigentes. Además, los certificados de origen digitales tendrán la misma validez y valor que los emitidos en papel, siempre que sean emitidos electrónicamente.

Por último, en los certificados se extiende la fecha de emisión de los comprobantes respecto de la fecha de la factura. Coscarella destacó esta decisión ya que previamente estas debían ser emitidas dentro de los 60 días desde la fecha de emisión de la factura, mientras que con el nuevo régimen esto pasa a ser de 180 días.

El Estado miembro exportador puede optar por una declaración de origen emitida ya sea por el exportador o por el productor de la mercadería, o bien usar una combinación de ambas. 

Cambios en los formularios

La referente aduanera agregó entre los cambios destacados los aplicados en los formularios: se quitan los campos de consignatario, medio de transporte y país de destino, y se agregan los de número y fecha de la declaración jurada, el teléfono y el mail del exportador.

También agregó que "es importante destacar que los formularios actuales van a ser aceptados por los próximos 12 meses posteriores a la fecha de puesta en vigencia del nuevo Régimen".

Composicion

Desde la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA) señalaron que los principales cambios con respecto al régimen anterior incluyen dos puntos importantes sobre el requisito de contenido regional. Por un lado, se modifica la relación 60/40 que debían tener los productos y se pasa a un nuevo régimen de valor en el que los insumos no originarios pueden ser del 45%, un 5% más que el previsto en el esquema anterior.

Por otro lado, destacaron la modificación en los requisitos de origen de cambio de clasificación arancelaria a nivel subpartida para algunos productos. Esto implica la posibilidad de usar una mayor cantidad de insumos importados en los productos que serán aprobados por el régimen de origen.

CERA destacó también los cambios en las reglas de origen, que pasan de su formato general actual con excepciones según rubros específicos, como es el caso de textil, lácteos, químicos, siderurgia y otros, a requisitos específicos de origen para todo el universo arancelario.

Por último, la cámara vio con buenos ojos la inclusión de definiciones que consideraron importantes, como las de material intermedio, fungible, surtidos y embalajes, en un texto único, ordenado y actualizado. Según señalaron, esto permite una mayor flexibilización de los requisitos de origen.

Acumulación de origen

Una de las modificaciones clave que destacaron desde CDA y CERA son los aplicados en acumulación de origen. Los exportadores destacaron que estos cambios suman claridad a la norma respecto del tratamiento de materiales en los distintos casos. 

Con el nuevo régimen se diferencian: los originarios de cualquier estado parte del Mercosur, los originarios de terceros países que cumplan con la política arancelaria común y aquellos comprendidos en los distintos acuerdos de complementación económica (ACE) como los vigentes con Bolivia, Perú, Colombia y la Comunidad Andina.

Si bien todavía se mantendrán vigentes algunos reglamentos para realizar una transición ordenada y que no dificulte las operatorias, la CERA ya implementó los estándares del nuevo régimen en su Sistema de Emisión de Certificados de Origen certificado con la Norma ISO 9001:2015

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