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Exigen que se retiren urgente estas galletitas del mercado por ser peligrosas para la salud

 La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración y comercialización de una marca de galletitas de arroz por carecer de las autorizaciones correspondientes, por ende, se consideró un producto ilegal.

Se trata de los productos "Galletitas de arroz integral libre de gluten, Dulces, endulzadas con stevia, Industria de República Argentina" y "Galletitas de arroz integral libre de gluten, Saladas, con sal marina, Industria de República Argentina" de la marca Thiso Roz.

Mediante la Disposición 6325/2024 publicada en el Boletín Oficial (BO) de este jueves, el organismo oficializó que las galletitas carecen de registro de establecimiento y de producto. También detectaron que estaban falsamente rotuladas porque exhibían el símbolo sin T.A.C.C, pero no poseían la autorización para el mismo.

Por estas incongruencias, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de las galletas de arroz en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.

Disposición 6325/2024 publi... by Karen Costas

ANMAT: ¿Dónde detectaron los productos ilegales?

La investigación surgió a partir de un reclamo presentado por un consumidor ante la Superior Unidad de Bromatología de la provincia de Jujuy (Sunibrom) en relación a los productos rotulados como "Galletitas de arroz integral libre de gluten, Dulces, endulzadas con stevia, VTO 02 07 24, Contenido Neto 25 g, Industria de República Argentina" y "Galletitas de arroz integral libre de gluten, Saladas, con sal marina, VTO 25 07 24, Contenido Neto 25 g, Industria de República Argentina".

Los rótulos no presentaban datos de identificación de origen, Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), por tal motivo, la Sunibrom alertó a todas las bromatologías de la provincia de Jujuy y les solicitó que, en caso de verificar la comercialización, proceda a intervenir los productos hallados conforme a lo establecido por el artículo 14 de la Ley N° 18284 y el Decreto N° 2126/71.

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