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Ley de impunidad: emiten informes contradictorios


                                 Ley de impunidad: emiten informes contradictorios

Dirección General de Asuntos Criminológicos del Ministerio de Justicia señala que es viable la norma que prescribe delitos de lesa humanidad, pero cuestiona que contradiga jurisprudencia del TC y de la Corte IDH.

La Dirección General de Asuntos Criminológicos del Ministerio de Justicia (Minjus) envió un informe técnico al viceministro de Justicia calificando como “viable con observaciones” la autógrafa de la ley que prescribe delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra. Ello pese a que en marzo último esta misma dirección emitió un informe declarándolo “no viable” por contradecir la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La República comparó los dos documentos y, salvo las conclusiones y otros detalles, ambos recogen argumentos idénticos. Por ejemplo, sostienen que no sería proporcional que se apliquen los plazos de prescripción en delitos calificados como de lesa humanidad toda vez que son “delitos de alta complejidad y gravedad”.

“La prescripción varía según la naturaleza del delito, siendo los delitos de lesa humanidad las formas más graves de crimen, afectando a grandes poblaciones civiles y organizaciones con un impacto internacional”, se lee en ambos textos.

Asimismo, en los dos informes se recuerda que en el 2020 el Tribunal Constitucional (TC) se pronunció a favor de la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad. Esto ocurrió cuando el Gobierno del expresidente Alan García, vía un decreto legislativo, quiso establecer que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad se aplique para casos posteriores a su entrada en vigencia en Perú.

Una diferencia es que solo aparece en el segundo informe la sentencia emitida en 2020 por el TC con los votos de los magistrados Augusto Ferrero, Ernesto Blume y José Luis Sardón. Ellos contradijeron el fallo del 2010 y prefirieron dar “relevancia constitucional a los principios de irretroactividad de la ley penal y el instituto de la prescripción de la acción penal”.

Por otro lado, la Dirección de Desarrollo Normativo del Minjus también recomienda la promulgación de la norma.

Los informes serían enviados a la presidenta Dina Boluarte, quien debe observar o promulgar la ley antes del 1 de agosto.

Ley insubsanable

Para la expresidenta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Julissa Mantilla, la “conclusión lógica” de este nuevo informe, según los argumentos expuestos allí, es que la ley es inviable. “Cuando dices que es viable con observaciones, quiere decir que es posible, pero hay que subsanar algunos temas. Esta ley es insubsanable”, declaró a La República.

En esa línea, la excomisionada asegura que el documento de la Dirección General de Asuntos Criminológicos “está diciendo sin decirlo directamente” es que esta norma no debe ser aprobada.

“El informe es contradictorio porque hace un recuento de todo el desarrollo del tema de la imprescriptibilidad, delitos de lesa humanidad, etcétera; y el recuento que hace demuestra que esa ley es inviable. Pero sin dar mayor argumento concluye que la autógrafa es viable con observaciones. Si yo estoy es cuestionando la esencia de una ley, entonces no es viable. Las observaciones que plantea son de fondo”, apuntó.

Informes ocultos

Según fuentes de La República, el primer informe no fue enviado a la Comisión de Constitución del Congreso porque iba en contra del proyecto de ley. En el expediente virtual de esta iniciativa solo aparecen otros tres informes del Ministerio de Justicia: dos le daban conformidad, una no tenía competencia.

Además, señalan que la Dirección General de Derechos Humanos también elaboró un informe en contra de la iniciativa, pero tampoco está en la web. ❖

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